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Los requisitos que debes cumplir para pedir la ayuda para el dentista: hasta 3.000 euros

El coste de los tratamientos dentales son uno de los hándicap con los que se encuentran muchas personas y que les hace apurar su visita al dentista. Pero hay ayudas que te contamos

Dentista, imagen de archivo

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María Bandera
@Mgbandera

Redactora jefe y directora de COPE Cool

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 01 may 2024

Pasar por el dentista es una necesidad, si bien es cierto que cualquier problema que nos detecte implica hacer un desembolso que no es asumible por muchas personas.

Extracciones dentales, coronas, implantes, blanqueamientos u ortodoncias son algunos de los tratamientos. Pero quizás entre los más habituales se encuentren los empastes. Uno puede rondar los 100 euros. Las endodoncias, también frecuentes, pueden elevar el roto a nuestro bolsillo de unos 200.

Es por ello que para hacer frente a este gasto 'inesperado' que puede desequilibrar nuestra hoja de gasto mensual, haya administraciones que planteen ayudas o algún tipo de subvención.

Dentista, imagen de archivo

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La opinión de

Ir pronto puede ahorrarnos dinero

Precisamente descuidar nuestra boca, no acudir al dentista con periodicidad o las escasas ayudas públicas, siguen siendo algunos de los hándicaps con los que nos encontramos.

El problema es que apurar nuestra visita al dentista, sea por el motivo que sea, puede hacer que la patología se encuentre en un estado avanzado, lo que puede hacer que el tratamiento tenga un mayor coste.

Prótesis dentales y caries en Madrid

Es por ello que algunas comunidades sí que han planteado una solución que pueda ayudar a determinados colectivos. Es el caso de la Comunidad de Madrid, cuya presidenta Isabel Díaz Ayuso, anunciaba el pasado mes de febrero que su Gobierno había comenzado a financiar las prótesis dentales y el tratamiento de caries a mayores de 80 años de la región.

¿Cómo? Para acceder a este servicio de la sanidad pública madrileña, deberemos en primer lugar pedir cita en Atención Primaria con nuestro dentista.

Tras una exploración, nos indicará el tratamiento necesario que deberá estar dentro de las cubiertas por esta iniciativa.

En el siguiente paso nos derivarán ala consulta del odontólogo colegiado que libremente escojamos, dentro eso sí de los adheridos al convenio.

El listado, tal y como informa la Comunidad de Madrid, está disponible en las propias Unidades de Salud Bucodental y en la zona administrativa de los centros de salud.

Hasta 3.000 euros en Murcia

Pero hay más comunidades conscientes de la importancia de estos tratamientos y de las carencias de muchas personas. Murcia también concedeuna ayuda bucodental de carácter no periódico a quienes tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Una ayuda que se podrá solicitar hasta el 13 de mayo de este año y que puede ascender hasta los 3.000 euros.

Eso sí, quedan excluidas las extracciones, ya que están cubiertas por el Servicio Murciano de Salud.

Requisitos

En primer lugar tal y como reza la convocatoria se debe de tener reconocida y en vigor una discapacidad en grado igual o superior al 33%, en la misma fecha de la solicitud, así como residir y figurar empadronado en alguno de los municipios de la Región de Murcia.

También que la necesidad para la que se solicita la ayuda se haya producido durante el año natural en el que se ha publicado la convocatoria y que el importe presupuestado de la ayuda solicitada sea igual o superior a 100 euros.

Es necesario además no haber sido beneficiario de ayudas para idéntica finalidad en los dos años anteriores, salvo algunas excepciones.

Dentista, imagen de archivo

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Límite de renta

En cuanto al límite de renta, no se puede superar el límite per cápita correspondiente para la unidad de convivencia, que para aquellas formadas por una persona, debe de ser 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples ( IPREM) mensual vigente.

Para unidades de convivencia formadas por dos personas, será de 1,75 veces el IPREM mensual y para las que tengan tres o más personas, 1,25 veces el IPREM.

Tampoco se pueden disponer de bienes inmuebles sobre los que se "posea un derecho de propiedad, posesión, usufructo, o cualquier otro que implique la posibilidad de explotación o venta, cuyo valor supere el importe de seis veces la cuantía anual del IPREM vigente".

En el caso de que la persona solicitante sea extranjera comunitaria, además de los requisitos generales, "deberán disponer del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea y del pasaporte o documento de identidad en vigor de su país de origen". En caso de nos ser comunitaria, "deberá disponer del permiso de residencia en vigor".

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