Un abogado deja en evidencia los conocimientos sobre derecho de Pedro Sánchez
El candidato socialista ha vuelto a referirse en un acto a los delitos sexuales y a su tipificación
COPE.ES
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Actualizado 18:47
Un tuit de Pedro Sánchez ha vuelto a provocar polémica en Twitter. El candidato de los socialistas a la presidencia del Gobierno ha compartido en su perfil las declaraciones que pronunció en un acto de campaña en Mallorca sobre los delitos sexuales.
“Sí, hay que modificar el código penal para tipificar los delitos sexuales. Sí, el consentimiento es vital para definir si hay agresión sexual. Sí, el PSOE está comprometido con las víctimas. NO es siempre NO, pese a lo que diga la derecha. Si no hay un Sí, es un NO. #VOTAPSOE".
Sí, hay que modificar el código penal para tipificar los delitos sexuales
— Pedro Sánchez (@sanchezcastejon) 17 de abril de 2019
Sí, el consentimiento es vital para definir si hay agresión sexual
Sí, el @PSOE está comprometido con las víctimas
NO es siempre NO, pese a lo que diga la derecha. Si no hay un SÍ, es un NO.#VOTAPSOE�� pic.twitter.com/KDVxMXyMfQ
El mensaje de Sánchez ha provocado muchas reacciones en Twitter, pero destaca una en particular, la del abogado José María de Pablo, que ha respondido con datos al líder socialista.
“Sí, los delitos sexuales llevan tipificados, al menos, desde 1822. Sí, la ausencia de consentimiento es elemento de delito de agresión sexual, al menos, desde 1822. Sí, el PSOE no leyó el Código Penal cuando redactó su programa”.
��Sí, los delitos sexuales llevan tipificados, al menos, desde 1822.
— José María de Pablo (@chemadepablo) 18 de abril de 2019
��Sí, la ausencia de consentimiento es elemento del delito de agresión sexual, al menos, desde 1822.
��Sí, el @PSOE no leyó el Código Penal cuando redactó su programa.https://t.co/VHTKvTSWEW
De nuevo la polémica de los delitos sexuales y la prisión permanente revisable toma actualidad en la campaña del PSOE para la próxima cita electoral del 28 de abril. No solo el abogado De Pablo ha respondido al líder del Ejecutivo. Muchos usuarios han querido recordar a Sánchez citas históricas y también legales sobre este polémico pero importantísimo asunto.
En el Código penal de 1944 reclusión menor (de 12 a20 años), igual que el homicidio
— Kepa Minondas ���� (@kepaminondas) 18 de abril de 2019
El problema no es de tipificación: es de prueba, salvo que la simple denuncia suponga ya la condena
No. Lo que digo es que el Título VIII del CP está dedicado a esa tipificación. El artículo 181 habla del "no consentimiento". Y el compromiso con las víctimas no implica el consenso con las medidas a tomar. La mamarrachada no está en la ley. Está en el "Si no hay un SÍ, es un NO"
— Perplejo sin Guía (@Perplejosinguia) 17 de abril de 2019
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