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Ordena archivar la causa

El juez no ve delito en la pitada al himno en la final de Copa

El juez Fernando Andreu considera que la pitada al himno en la pasada final de Copa "no constituye una infracción penal" y ha ordenado archivar la causa, como ocurrió con los mismos sucesos en 2009.

El Rey Felipe VI y Ángel María Villar, en el palco del Camp Nou durante la final de Copa. EFE.

El Rey Felipe VI y Ángel María Villar, en el palco del Camp Nou durante la final de Copa. EFE.

cope.escope.es

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17 mar 2017

La Audiencia Nacional no ve delito en la pitada al himno que se produjo en el Camp Nou el pasado 30 de mayo durante la final de la Copa del Rey entre el Barça y el Athletic Club de Bilbao y ordena el archivo de la causa. El juez Fernando Andreu considera que los hechos denunciados por el Colectivo Manos Limpias "no son constitutivos de infracción penal", pese a que la Fiscalía había considerado que la pitada podía suponer un delito de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España. El magistrado basa su decisión de archivar la causa argumentando que en 2009 se dio lugar un hecho similar, la pitada al himno en el estadio de Mestalla en Valencia, también durante la final de la Copa del Rey, y que en ese momento la Fiscalía no vio ningún indicio de delito, por lo que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz lo archivó. Debido a la similitud entre ambos casos, el juez Andreu considera que son "íntegramente aplicables los razonamientos entonces expuestos" por la Fiscalía, en los que se consideraba que "la libertad de expresión es la piedra angular de los principios de la democracia".Ese archivo fue recurrido ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que dictaminó que, pese "al comportamiento más que desagradable que hubieron de soportar los monarcas", "no se está en presencia de una conducta ni injuriosa para el Jefe de Estado ni tampoco de ultrajes a España". Según los argumentos que defendió entonces la Fiscalía, y que el juez hace ahora suyos para rechazar la denuncia, es "de la máxima importancia no desmotivar a los miembros del público, por miedo a sanciones penales o de otro tipo, de expresar sus opiniones sobre cuestiones de interés público" que requieren "un plus de protección de conformidad" con la función que cumple la libertad de expresión. Añadía que la emisión "de un determinado sonido" así como "la colocación de unas pancartas" no se pueden considerar como injuriosa, "salvo que pretendamos avanzar tanto en la protección de estas instituciones que impidan cualquier y concreto acto de crítica". Por eso, el juez cree que la Fiscalía se contradice ahora al afirmar ahora que hubo delitos de injurias al Rey y a los símbolos o emblemas de España en la pitada que se produjo en el Camp Nou en el informe dirigido al juez para que aceptara la denuncia de Manos Limpias. En las dos anteriores finales coperas disputadas entre ambos equipos, con Juan Carlos I como rey, la situación fue similar, ya que se produjeron pitadas al himno español tanto en el Vicente Calderón madrileño, en 2012, como en el estadio de Mestalla, de Valencia, en 2009. Esa misma noche, el Gobierno condenó los ataques contra los símbolos que representan "al conjunto de los españoles, a la democracia que los ampara y a la convivencia que comparten". El Gobierno Vasco, por su parte, consideró un "error" pretender sancionar a los clubes por la pitada y afirmó que estaba "fuera de lugar" llevar esta cuestión a la Comisión Antiviolencia, que propuso multas de 123.000 euros a la Federación Española de Fútbol, como organizadora de la final.

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