• Jueves, 02 de mayo 2024
  • ABC

COPE

RESOLUCIÓN DEL TAD

El TAD rechaza la legitimidad de Miguel Galán para recurrir la proclamación de Pedro Rocha

El TAD también estimó el recurso del presidente de CENFA contra el censo electoral. Miguel Galán asegura que se repetirán las elecciones y la RFEF lo niega.

La RFEF convoca elecciones a presidente el 6 de mayo

Entrada de la sede de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) / EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 23:56

El TAD rechaza la legitimidad de Miguel Galán para recurrir la proclamación de Pedro Rocha

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha acordado inadmitir el recurso de Miguel Galán, presidente del Centro Nacional de Entrenadores (CENAFE), contra la proclamación de Pedro Rocha como único candidato a la presidencia de la Federación Española de Fútbol (RFEF) por carecer de legitimidad para recurrir.

Según el fallo del TAD publicado por la RFEF, la legitimación de Galán argumentada en el recurso se funda en que es entrenador nacional de fútbol afiliado de la RFEF, que ostenta un derecho y un interés legítimo en base a su condición de precandidato y elegible a ser presidente de la RFEF.



"A juicio de este Tribunal Administrativo del Deporte no se acredita cuál es la relación material que D. Miguel Ángel Galán Castellanos ostenta con el objeto ni la repercusión jurídica que la estimación del mismo podría producir de forma evidente en su esfera de derechos subjetivos o intereses legítimos, no irrogándole ningún perjuicio o beneficio concreto y determinado", afirma.

Para el TAD, "la condición que se irroga de precandidato, no puede considerarse una categoría propia, pero es que además desde el momento en que ha finalizado el plazo de presentación de candidaturas sin que el recurrente haya formalizado la misma, deja de existir esa posibilidad".

"Miguel Ángel Galán Castellanos no ha presentado candidatura a la Presidencia de la RFEF, por lo que carece de toda legitimación para su impugnación", concluye la decisión, que es definitiva en la vía administrativa y contra la que cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Entre los argumentos del recurso contra la proclamación provisional de Rocha hecha por la Comisión Electoral el pasado día 12, Galán aludía a la caducidad de 42 avales presentados de los 107 presentados por Rocha "por pérdida automática de la condición de miembros de algunos miembros de la Asamblea General.

El TAD estima el recurso de Miguel Galán contra el censo electoral

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha estimado el recurso de Miguel Galán contra el censo electoral de la Federación Española de Fútbol (RFEF) y acuerda retrotraer las actuaciones para que la Comisión electoral dicte una resolución ajustada a derecho.

Galán, presidente del Comité Nacional de Entrenadores (CENAFE), confirmó este viernes la resolución del TAD, tribunal al que recurrió la decisión de la Comisión Electoral de la RFEF, adoptada el 9 de abril, que no admitió su impugnación del censo y la solicitud de que se diera de baja a los asambleístas que habían perdido esa condición, según su criterio unos 40 de los 138.

La Comisión Electoral alegó que podría haber un defecto en el modo de proponer el recurso, así como que la misma cuestión había sido objeto de otro recurso idéntico por los mismos recurrentes ante el TAD, órgano superior jerárquico, lo que obligaba a la misma a abstenerse de su resolución y a proceder a la inadmisión del escrito, argumentos ahora rechazados por el tribunal.

  • Left6:No existe configuración de publicidad para el slot solicitado

La resolución del TAD es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación este viernes.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Reproducir
Directo La Tarde

La Tarde

Pilar Cisneros y Fernando de Haro.

Escuchar