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Presupuestos dotarán un crédito por caída ingresos sistemas eléctrico y gas

Los Presupuestos Generales del Estado que se aprueben tras el estado de alarma dotarán un crédito por el importe equivalente a la reducción de ingresos para los sistemas eléctrico y gasista atribuible a las medidas que ha adoptado el Gobierno para paliar los efectos económicos de la crisis del coronavirus. ,En el real decreto-ley se establecen exenciones en el pago de peajes, la parte más significativa de los ingresos de los sistemas eléctrico y gasista, a aquellos comerci

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 01 abr 2020

Los Presupuestos Generales del Estado que se aprueben tras el estado de alarma dotarán un crédito por el importe equivalente a la reducción de ingresos para los sistemas eléctrico y gasista atribuible a las medidas que ha adoptado el Gobierno para paliar los efectos económicos de la crisis del coronavirus.

En el real decreto-ley se establecen exenciones en el pago de peajes, la parte más significativa de los ingresos de los sistemas eléctrico y gasista, a aquellos comercializadores que se vean afectados por la suspensión de pagos de suministros energéticos que ha autorizado el Gobierno a autónomos y pymes con motivo de la pandemia.

En concreto, el real decreto-ley establece que, para reducir los costes energéticos de autónomos y pequeñas y medianas empresas, y aliviar la carga financiera que están soportando esos usuarios podrán suspender el pago de la factura de electricidad, gas natural, otros gases manufacturados o GLP canalizado mientras dure el estado de alarma.

Una vez concluya, deberán regularizar la cantidad no abonada en las facturas emitidas por su comercializador correspondientes a los siguientes seis meses de consumo, en partes iguales.

A fin de evitar, que los comercializadores de energía eléctrica y gas natural asuman mayores cargas de tesorería por esta medida, se les exime de afrontar el pago de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución asociados a los usuarios que suspendan sus pagos.

También quedan exentos de liquidar el IVA, el Impuesto Especial de la Electricidad y el Impuesto Especial de Hidrocarburos de las facturas cuyo pago haya sido suspendido, aunque deberán ingresar los importes cuando el consumidor haya saldado el pago de las facturas.

Además, los autónomos y pymes titulares de puntos de suministro de gas natural podrán solicitar a su comercializador la modificación del caudal diario contratado, la inclusión en un escalón de peaje correspondiente a un consumo anual inferior o la suspensión temporal del contrato de suministro sin coste alguno.

Los comercializadores quedan habilitados, mientras se prolongue el estado de alarma, a solicitar al distribuidor o transportista la aplicación de las medidas requeridas por el titular del punto de suministro, sin ninguna restricción y sin imputar coste alguno al comercializador.

Todos los ahorros derivados de los menores pagos de peajes consecuencia de la aplicación de estas medidas deberán ser repercutidos íntegramente por el comercializador al titular del punto de suministro.

Además, el Consejo de Ministros ha ampliado este martes en dos meses, desde el fin del estado de alarma, el periodo de vigencia de los permisos de acceso y conexión de los promotores de las nuevas plantas de generación renovable que debían haber obtenido la preceptiva autorización de explotación de la instalación antes del 31 de marzo.

En caso contrario, estos permisos que tenían otorgados caducaban y, con el fin de que los afectados dispongan de tiempo suficiente de adaptación, se ha ampliado el plazo dos meses más desde la finalización del estado de alarma. EFE

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