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Entra en vigor la nueva Ordenanza de Limpieza de León con la obligatoriedad de limpiar el orín de los perros

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:02

La nueva Ordenanza Reguladora de la Limpieza y Residuos del Ayuntamiento de León ha entrado en vigor este viernes y entre sus novedades contempla sanciones desde los 50 a los 750 euros para los dueños de los perros que no limpien los orines de sus mascotas.

Esta nueva ordenanza fue aprobada en el pleno de finales del mes de mayo por unanimidad de todos los grupos políticos con el objetivo de "preservar el entorno urbano y mejorar la calidad de vida en la ciudad".

La norma pretende conseguir "un comportamiento adecuado" de la ciudadanía en, pero también "sensibilizar" en relación con "los retos que supone realizar una adecuada gestión de los residuos que generamos"

Durante las próximas semanas, el ayuntamiento leonés pondrá en marcha una campaña informativa para dar a conocer las nuevas medidas a través de la Policía Local y de otros medios de difusión.

En el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de León, se regularán "todas aquellas conductas y actividades dirigidas a la limpieza de los espacios públicos, así como la recogida, almacenamiento, transporte y tratamiento de los residuos con el fin de conseguir las condiciones adecuadas de salubridad, bienestar ciudadano, pulcritud y ornato".

Además la Ordenanza se centrará en "la debida protección de la salud de las personas, los espacios públicos y el medio ambiente, fomentando actitudes encaminadas a mantener la ciudad limpia y posibilitar la reducción, reutilización, reciclado y otras formas de valorización de los residuos"

PROHIBICIONES QUE SE MANTIENEN

Entre las prohibiciones que recoge la nueva Ordenanza Municipal figuran "aquellas acciones que menoscaben la limpieza del municipio, empeoren su aspecto o vayan en detrimento de su ornato",

Concretamente queda prohibido quemar residuos, desperdicios, basuras o materiales de cualquier tipo, o arrojarlos o depositarlos en las vías públicas o privadas, en sus aceras y en los solares o fincas valladas o sin vallar.

Asimismo, los residuos sólidos de pequeño volumen como papeles, colillas apagadas, envoltorios y similares, deben depositarse en las papeleras existentes y está sujeto a sanción "escupir, orinar o defecar", y "arrojar colillas o chicles masticados" en la vía pública.

Tampoco se permite "tender la ropa en balcones o ventanas orientados a la vía pública" ni "sacudir ropas, alfombras o similares" en la calle.

Se mantiene la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos, siempre que con dicha conducta "se cause deterioro al entorno, se abandonen residuos o se provoquen molestias a los vecinos".

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NOVEDADES

La obligatoriedad de recoger las heces de las mascotas ya estaba contemplada en la anterior Ordenanza y en la nueva se incluye, además, la obligatoriedad de "diluir la suciedad que los animales pueden generar en la vía con la cantidad suficiente de agua" .

El texto regula, además, la limpieza y el mantenimiento de los elementos y partes exteriores de los inmuebles, la limpieza en establecimientos comerciales y de hostelería, la de solares y fincas y la de nevadas u otras inclemencias meteorológicas.

Asimismo, estas disposiciones marcan también la actividad municipal en materia de limpieza viaria y gestión de residuos, así como regula el funcionamiento de los puntos limpios.

Las infracciones por el incumplimiento de lo dispuesto en la normativa pueden ser leves, graves y muy graves con multas que pueden ir de los 50 euros a los 3.000. En caso de tratarse de residuos peligrosos o suelos contaminados esa cantidad podría llegar a los 3,5 millones de euros.

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