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El Supremo estudiará el martes si aplica la amnistía a los desórdenes públicos de los 'Jordis', Forcadell, Rull y Forn

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:27

Los magistrados del Tribunal Supremo (TS) que juzgaron el 'procés' se reunirán el martes para debatir si cabe aplicar la ley de amnistía a los condenados en esta causa por desórdenes públicos; es decir, al expresidente de la ANC Jordi Sànchez, al expresidente de Òmnium Jordi Cuixart, a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, y a los exconsejeros Josep Rull y Joaquim Forn. Al tener todos las penas extingidas, el tribunal estudiará si procede borrar sus antecedentes penales.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press han precisado que, tal y como ha publicado 'El Independiente', el próximo martes el tribunal también abordará los casos de los exconsejeros Santi Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundó, que fueron condenados por desobediencia a penas de multa e inhabilitación.

Los magistrados deliberarán después de haberse pronunciado el pasado lunes sobre la aplicación de la amnistía a los condenados por malversación y desobediencia: el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull.

En sus casos, el tribunal rechazó amnistiar la malversación, pero vio amnistiable la desobediencia. No obstante, ante las dudas que tiene sobre la legalidad de la ley de amnistía, dio 10 días a defensas y acusaciones para que digan si ven pertinente consultar al Tribunal Constitucionalidad por la redacción de la norma sobre la desobediencia.

Así las cosas, queda pendiente que resuelva sobre la aplicabilidad o no de la ley de amnistía al resto de líderes independentistas, que permanecen condenados por desórdenes públicos, algunos con penas ya extintas.

Cabe recordar que tanto Sànchez como Cuixart fueron condenados a 9 años de prisión e inhabilitación por un delito de sedición. En 2021, el Gobierno perdonó sus penas de cárcel y en 2023 el Supremo revisó sus casos por la reforma penal que derogó la sedición. Finalmente les sustituyó ese delito por el de desórdenes públicos, lo que extingió sus inhabilitaciones.

Forcadell, Rull y Forn fueron condenados a penas de hasta 11 años y medio de prisión e inhabilitación por sedición. Ellos también se vieron beneficiados por un indulto del Gobierno y, tras la reforma del Código Penal, el Supremo les cambió el delito de sedición por el de desórdenes públicos, por lo que también se extinguieron sus penas de inhabilitación.

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