¡Mis queridos palomiteros! Willy Toledo llega al banquillo por insultar a Dios y a la Virgen. En las próximas horas de este 17 de febrero, el comediante explicará al juez por qué dijo lo que dijo. Yo os lo recuerdo ya, palomiteros: «Yo me cago en Dios y me sobra mierda para cagarme en el dogma de la santidad y virginidad de la Virgen María». Esta afirmación del actor apareció publicada en Facebook en julio de 2017.
El actor insultaba así a Dios y a la Virgen en estos comentarios vertidos en la conocida red social, por lo que la asociación de Abogados Cristianos pide para él una multa de 22 meses. Sin embargo, la Fiscalía y la defensa de Toledo exigen su absolución ya que consideran que se enmarcan en el derecho a la libertad de expresión.
“Nos encontramos ante expresiones que, si bien pueden resultar malsonantes, incluso ofender a algunas personas, están amparadas por la libertad de expresión, máxime en el contexto de crítica política en el que son pronunciadas.
Willy Toledo llega al banquillo por insultar a Dios y a la Virgen
Si todas las expresiones que ofenden a alguien fueran constitutivas de delito, habría más personas dentro de las prisiones que fuera”, señala el abogado de Willy Toledo, Endika Zulueta.
Durante la fase de instrucción, Willy Toledo fue llamado a declarar en tres ocasiones. No obstante, el actor no acudió a las dos primeras citaciones por considerar que no había cometido “delito alguno” sino que había “ejercido su libertad de expresión”.
Y él, erre que erre.
De resultas de esto, el pasado 12 de septiembre fue detenido por la Policía para garantizar su comparecencia en los Juzgados, de lo cual dimos amplia cobertura desde estas pantallas. En la anterior matizó que si no había ido a declarar la Virgen, él no iba a acudir tampoco.
Por su parte, la presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, subraya que «no existe el derecho al insulto» y que «hay 21 países de la Unión Europea que castigan» ese delito. Toledo, añade, «nunca se ha retractado, sino que ha seguido ofendiendo, por lo que no hay más opción que una condena económica».
Polonia Castellanos subraya que «no existe el derecho al insulto» y que «hay 21 países de la Unión Europea que castigan» ese delito
El juez del juzgado número 11 de Madrid concluyó en su auto, hecho público el 26 de septiembre, que los hechos objeto de instrucción podrían ser “constitutivos de un delito contra los sentimientos religiosos”, haciendo alusión al artículo 525 del Código Penal.
Seguiremos informando.