Condenado un centro médico por no diagnosticar un tumor que se hizo incurable

Un consultorio ginecológico de Arrasate (Gipuzkoa) ha sido condenado a compensar con 404.000 euros a una paciente aquejada de un cáncer de mama a quien, por un "error de diagnóstico", no apreció un "tumor maligno" que sí le fue detectado en una clínica navarra, dos meses después.

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Agencia EFE

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Un consultorio ginecológico de Arrasate (Gipuzkoa) ha sido condenado a compensar con 404.000 euros a una paciente aquejada de un cáncer de mama a la que, debido a un "error de diagnóstico", no apreció un "tumor maligno" que sí le fue detectado en una clínica navarra, dos meses después, cuando la enfermedad se presentaba ya como "incurable" por metástasis.

En una sentencia, a la que hoy ha tenido acceso EFE, la Audiencia de Madrid confirma los hechos acreditados por un Juzgado de Primera Instancia de la capital, del que mantiene su "acertada valoración, ponderación y estudio" del "material probatorio" practicado en la vista oral, aunque le corrige parcialmente al rebajar ligeramente la indemnización a percibir por la víctima por los daños y perjuicios sufridos.

Según explica la sentencia de la Audiencia Provincial, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, los hechos se remontan a diciembre de 2011, cuando la mujer, representada en este caso por el letrado de la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias (Avinesa), Rafael Martín Bueno, acudió al citado consultorio ginecológico, en el que "era objeto de seguimiento y revisiones periódicas", debido a que presentaba una "zona indurada periareolar en la mama derecha".

En este lugar le fueron practicadas una mamografía y una ecografía, y la citaron para control unos meses después, tras lo que, en junio de 2012, acudió a una nueva revisión que se consideró "asintomática". Posteriormente, en noviembre de ese mismo año se le realizó una nueva mamografía en la que no se apreciaron "microcalcifiaciones sospechosas ni otros signos de alerta".

No obstante, la perjudicada decidió acudir a una clínica navarra donde el 2 de diciembre se le detectó "un nódulo irregular y mal delimitado, de 41 milímetros de diámetro" y se le realizó una microbiopsia y una ecografía que permitieron identificar "al menos una adenopatía altamente sospechosa de afectación secundaria en axila derecha de 17 milímetros de diámetro".

Finalmente, la mujer fue diagnosticada de un "carcinoma ductal infiltrante de mama con afectación ganglionar clínico" para el que le fue recomendado un "tratamiento de quimioterapia".

La sentencia de la Audiencia de Madrid explica ahora que la no detección de este "tumor" por parte del consultorio ginecológico supuso un "error de diagnóstico" debido a un fallo "de interpretación de las pruebas de imagen que llevaron a no practicar pruebas complementarias"

Para ello, el tribunal se apoya en la declaración de los peritos que declararon en la vista oral, principalmente en el testimonio "esencial" de una radióloga del Hospital Gregorio Marañón y de la perito médico judicial que ratificó todas sus conclusiones en el juicio frente a las del médico presentado por el consultorio, "carente de especialidad en oncología", quien, según el escrito judicial, trató de "sembrar dudas más que esclarecer los hechos".

De esta manera, la especialista radióloga fue "concluyente" al mantener que "existió un error de interpretación" de las pruebas practicadas por el consultorio que llevó a "no hacer otras complementarias" y a que el tumor no fuera detectado "antes" hasta que se encontraba "en un estado ya muy avanzado".

"El tratamiento posterior que se le aplicó vino condicionado por ser detectado en un estadio IV, no pudiendo aplicarse tratamiento curativo que sí hubiese sido posible en otro caso", ya que presentaba "metástasis" y, según describe el texto judicial, la enfermedad resultaba ya "incurable", frente "al buen pronóstico en caso de detección precoz" de este tipo de patologías que en un estadio inicial tienen un índice de curación "máxima".

De esta manera, la mujer fue tratada con quimioterapia, vacunación con células dentitias autóloga, radioterapia, cirugía, resección segmentaria y vaciamiento de axila, tras lo que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconoció una incapacidad permanente absoluta.