Educación no instará a Cataluña a cumplir la sentencia del castellano y pasa la pelota al TSJC

La Abogacía del Estado, en representación del Ministerio, podrá intervenir si transcurridos dos meses, la Generalitat no ha ejecutado el fallo

Educación no instará a Cataluña a cumplir la sentencia del castellano y pasa la pelota al TSJC

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Ministerio de Educación y FP no instará a la Generalitat de Cataluña a que cumpla con la obligación de que se imparta un 25% de clases en castellano en Cataluña, según informan a Europa Press fuentes del Ministerio, que señalan que es el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) quien tendrá que "pedir la ejecución de la sentencia" y "vigilar" su cumplimiento.

Preguntadas sobre las afirmaciones del consejero catalán de Educación asegurando que la ministra Pilar Alegría le ha dado "garantías" de que no ejecutará el 25% de castellano, las mismas fuentes han insistido en que es un asunto que atañe a la Generalitat y al TSJC. "Cuando el TSJC ordene la ejecución ya veremos qué dice entonces la Generalitat", han añadido.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) emitió una providencia por la que inadmitía un recurso de la Generalitat de Cataluña contra la sentencia del TSJC que constataba que en Cataluña "no se había garantizado al menos el 25 por ciento de horas lectivas en castellano", confirmándose así la obligación de que en los centros educativos catalanes se enseñe un 25% en castellano.

Según las fuentes consultadas, el Supremo deberá dar traslado de la providencia al TSJC para que emita sentencia firme al respecto y comunicar en el plazo de diez días a la Generalitat catalana la firmeza de la sentencia ordenando su ejecución.

Así lo establece, tal y como recuerdan, la Ley de Jurisdicción Contencioso-administrativa, que determina que la potestad para hacer cumplir las sentencias corresponde a los tribunales por lo que desde el ministerio consideran que "nadie tiene que pedir la ejecución de la sentencia, ni el Ministerio ni los padres".

Recuerdan, igualmente, que la Generalitat tendrá un plazo de dos meses para cumplir el fallo una vez comunicado y que, transcurrido ese plazo sin llevar a cabo el cumplimiento, cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa.

Según fuentes del Ministerio, estas partes podrían ser la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio, ya que interpuso el recurso en 2015, o los padres y madres afectados, como es el caso de la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), que ya ha anunciado que se acogerá a lo expresado en la ley.