Los motivos del juez que dejan en prisión a Juana Rivas: no arrepentimiento, reincidencia e indicios de abusos

El juez divide el escrito en tres puntos relevantes, que son la base para no autorizar la puesta en libertad de la madre de Maracena

Los motivos del juez que dejan en prisión a Juana Rivas: no arrepentimiento, reincidencia e indicios de abusos

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

7 min lectura

El Juzgado de lo Penal número 1 de Granada ha rechazado suspender la ejecución de la pena impuesta a Juana Rivas, condenada a prisión por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2017, tal y como la madre de Maracena solicitó tras el indulto parcial que le concedió el Gobierno.

Hablar del caso de Juana Rivas es hablar de un caso mediático y narrado casi minuto a minuto, con numerosas aristas judiciales. El caso se inicia en la primera del año 2016. Tras regresar de Italia, Rivas acude el 9 de junio al Centro de la Mujer de Maracena, donde relata que ha sufrido malos tratos físicos y psicológicos durante su estancia en Italia. Tras recibir consejo, Juana Rivas impone una denuncia. Ya el 2 de agosto, Juana Rivas comunica que no vuelve a Italia con los niños, comenzando así el caso de forma oficial.

Las cronología de un caso mediático

En Italia, su marido, Francesco Arcuri presenta una denuncia contra Juana Rivas por sustracción internacional de menores. En este punto hay dos denuncias: la de malos tratos de Rivas y la de sustracción internacional de menores de Arcuri. Mientras que la de los malos tratos de Rivas no avanza, la otra coge velocidad, y en diciembre del año 2016 un juez emite el primer auto: Juana Rivas debe entregar a sus hijos a su padre para que "regresen a su residencia habitual". Rivas apela, pero en abril del 2017 la Audiencia de Granada ratifica que Juana Rivas debe realizar la entrega.

En este mes de abril también se produce el caso de posibles abusos, a los que hace referencia el juez este viernes. La guardería del menor alerta a la madre de que las heces del menor iban acompañadas de una mucosa extraña. La propia Juana Rivas quitó importancia a estos hechos y tras varios meses con el asunto pendiente la maestra decidió llevarle al hospital, donde hicieron una revisión al niño y dieron traslado al juez. El juzgado consideró que existían indicios de delito, pero no fue capaz de atribuirlo a nadie. El juzgado entonces no quiso cerrar el caso por completo, sino dejarlo a la espera de la aparición de nuevas pruebas. A este hecho se ha acogido este viernes el juez para evitar la puesta en libertad de Juana Rivas.

Un auto pone como fecha límite el 11 de julio de 2017, otro el 24 y finalmente el 26 de julio. Al no producirse la entrega y el auto ya insta a la policía a actuar. La noche antes del 26 de julio, Rivas desaparece con sus hijos, impregnando al caso de una importante relevancia mediática. El 28 de julio, el caso entra por la vía penal tras la denuncia del padre. Días después, el 31 de julio, el Tribunal Constitucional no ampara a Juana Rivas.

A mediados de agosto del año 2017 se rechaza el recurso de amparo y Rivas decide no acudir a declarar a una nueva citación judicial. Ya el día 22 es detenida, aunque se dicta orden de libertad provisional, comunicada y sin fianza, la retirada del pasaporte de los niños y la prohibición de salir del espacio Schengen. El 28 de agosto viaja a Italia, donde hará la entrega de los menores a Arcuri.

Ya en julio del año 2018, Juana Rivas es condenada a cinco años de presión y seis de privación de la patria potestad. El juez estimó que Rivas cometió dos delitos de sustracción de menores y no encontró atenuante en las denuncias por maltrato al no haber obtenido veracidad de ninguna de ellas. Esta sentencia fue ratificada en marzo del año 2019 por la Audiencia, aunque se rebajó la indemnización por daños a Franceso Arcuri.

Dos meses después, en mayo del año 2019, Juana pide al Tribunal Supremo que se le rebaje la pena impuesta, aconsejada por su nuevo abogado, Carlos Aránguez. Ya en el año 2020, el Tribunal de Cagliari archiva la denuncia de Juana Rivas a Franceso Arcuri.

El caso rebaja su intensidad judicial hasta abril del año 2021, cuando el Tribunal Supremo confirma la condena, pero considerando que la madre granadina solo había cometido un delito de sustracción de menores y no dos como estimaban las sentencias anteriores, uno por cada niño. Este hecho hizo que la pena fuese rebajada a dos años y medio de cárcel, aunque sí se mantuvieron lo seis años de retirada de la patria potestad. El 11 de junio de 2021, Juana Rivas entra en prisión y el día 16 obtiene el tercer grado, cumpliendo condena en casa con pulsera telemática.

Mientras, el debate sobre su indulto sigue marcando la actualidad del caso. Tras ser rechazado en junio de este año por el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, la Fiscalía de Granada hizo público s oposición en julio de 2021. Todo cambió cuando en el mes de noviembre, el Consejo de Ministros concede el indulto parcial, quedando la pena reducida a un año y tres meses, además la pena de inhabilitación para ejercer la patria potestad se conmuta por una pena de 180 días de trabajo a beneficio de la comunidad.

Tras la concesión del indulto parcial, la defensa de Rivas, que ejerce el despacho Aránguez Abogados, en escrito de 19 de noviembre, solicitó la suspensión de la pena que le resta por cumplir en el centro de inserción social Matilde Cantos de Granada, algo que ha sido rechazo por el juez de lo Penal número 1 de Granada, Manuel Piñar, este mismo viernes, atendiendo a tres puntos fundamentales.

Las claves que han llevado al juez a rechazar la libertad de Juana Rivas

En el auto, el juez divide el escrito en tres puntos relevantes, que son la base para no autorizar la puesta en libertad de Juana Rivas: no hay muestra de arrepentimiento, riesgo de reincidencia e indicios de abuso contra uno de los menores.

El juez señala que Juana Rivas ha mostrado en varias ocasiones que no se arrepiente y que volvería a hacerlo, incidiendo también en "el peligro que supondría para los menores la plena libertad de la madre, retirando los "indicios de abusos sexuales a uno de los menores cuando estaban bajo su custodia.

En este sentido, el magistrado también apela al "riesgo de reincidencia". El juez esgrime que el aspecto importante a considerar es el de la previsibilidad futura de cometer nuevos delitos, y que ese riesgo existe. Para refutar su postura, el juez Piñar señala que Juana Rivas es "fiel a ese propósito, repitiendo la misma conducta tras ser condenada en esta causa y estando los menores en Italia".

Además, el juez señala que para tomar esta decisión ha jugado un papel fundamental los indicios de abusos contra uno de los menores. En este sentido, la disposición a la "reiteración delictiva" podrían poner nuevamente en peligro a los menores.

En este punto, el juez muestra su rechazo respecto a la postura del Gobierno de Pedro Sánchez, señalando que ha cometido una clara injerencia al "sustituir el Poder Judicial" concediendo el indulto.

El togado también ha mostrado su pesar por no saber cómo hacer llegar a otros tribunales y al propio Gobierno la gravedad de los actos cometidos por Juana Rivas, y que incluso están dictaminados por un pediatra y un forense. Además, el fallo remarca la gravedad de la conducta de Juana Rivas respecto a su decisión de ocultar a los niños en un momento en el que eran claves para la investigación, al igual que no llevar al menor al médico cuando desde la guardería se puso en conocimiento del problema encontrado con las heces del niño.

"Esto no es un capricho ni una cruzada contra nada, sino una cuestión arraigada en unos hechos; ahí están los informes del pediatra y de la forense, las fotografías tomadas al menor demostrativas de lo ocurrido, que puede ocurrir porque el menor estaba con su madre", ha señalado el juez en el auto.