¿Qué es Madrid Central y cómo funciona?
Esta semana entra en vigor la nueva medida que restringe el acceso al centro de la capital
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Este viernes 30 de noviembre entra en vigor Madrid Central. El ambicioso plan del Ayuntamiento de Manuela Carmena para limitar el tráfico en el centro de Madrid. El objetivo de la medida, que forma parte del Plan A de Calidad del Aire y Cambio Climático, es priorizar a los peatones, bicicletas y transporte público, limitando el uso del transporte privado en el centro de la capital.
¿Qué zonas abarca?
La zona de limitación de tráfico abarca casi todo el distrito Centro, incluyendo los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol. La zona está delimitada por las calles que se muestran en el siguiente mapa proporcionado por el propio Ayuntamiento de Madrid.
En las áreas delimitadas por este perímetro, va a estar restringido el acceso y la circulación de vehículos, con la excepción de las siguientes calles:
-Santa Cruz de Marcenado, entre Serrano Jover y Mártires de Alcalá
-Mártires de Alcalá, de Santa Cruz de Marcenado a Alberto Aguilera
-Avenida Gran Vía de San Francisco
-Calle Bailén
-Calle Algeciras
-Cuesta Ramón
-Ventura Rodríguez, entre Princesa y Duque de Liria
-Duque de Liria, entre Ventura Rodríguez y Princesa.
Cabe destacar que en las calles que rodean a la zona limitada habrá circulación libre.
Esas son las zonas que abarca Madrid Central, que ya están marcadas con la correspondiente señalización vertical y horizontal y que además serán marcadas con una doble marca roja.
¿Qué vehículos pueden circular?
Según especifica el propio Ayuntamiento estos son los vehículos autorizados para circular y estacionar dentro de Madrid Central:
-Los vehículos de las personas empadronadas podrán circular libremente por el interior de Madrid Central y estacionar en el SER en su barrio, fuera de su barrio podrán estacionar en plaza SER verde previo pago de la tasa en parquimetros o a través de dispositivo móvil.
-Los vehículos con etiqueta ambiental CERO emisiones podrán circular y estacionar en zona SER sin restricción horaria.
-Los vehículos con etiqueta ECO podrán entrar y estacionar en la zona SER en maximo de 2 horas.
-Los vehículos con etiqueta B o C podrán acceder únicamente para aparcar en un aparcamiento de uso público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, salvo que sean vehículos de invitados autorizados por los residentes, de PMR, de servicios esenciales, o bien servicios profesionales, con el horario y calendario que se detalla más adelante y otra serie de excepciones que contemplarán la Ordenanza de Movilidad Sostenible y sus disposiciones de desarrollo.
-Los vehículos SIN etiqueta ambiental no podrán acceder, salvo que sean de residentes empadronados en Madrid Central, invitados de los mismo, PMR, servicios esenciales, titulares de plazas de garaje y servicios profesionales, de acuerdo con el horario y calendario que para cada caso se detalla más adelante.
Es fundamental, por lo tanto, conocer el sistema de pegatinas ambientales de la DGT y poseer la correspondiente para poder circular en Madrid Central.
¿Habrá multas?
De momento, no. El Ayuntamiento pretende que la implantación de esta medida sea gradual y que los madrileños se acostumbren poco a poco a ella, para que el cambio sea menos traumático. Se empezará con controles manuales por parte de los agentes de policía municipal y de movilidad, que irán informando a los conductores que se equivoquen. Después, en enero, comenzará un periodo de prueba de dos meses del sistema informático de gestión de multas de Madrid Central. En ese tiempo, se empezará a enviar cartas informativas a los que incumplan la normativa, aunque sin sanción efectiva. A partir de marzo, ya sí, se empezarán a imponer multas a los que circulen o aparquen dónde no deben, sanciones que serán de 90€.