COAG exige que se permita a los regantes profesionales a título principal disponer de dos potencias eléctricas
Entra en vigor la nueva tarifa de costes regulados del sistema eléctrico
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La factura eléctrica tiene cinco tipos de conceptos: coste de la energía, costes regulados (lo que se conocía como tarifas de acceso), margen para la comercializadora por los servicios prestados, alquiler del equipo de medida e impuestos.
El pasado 1 de junio, en cumplimiento de la normativa europea, entró en vigor la nueva regulación de tarifas del sistema eléctrico español que introdujo cambios únicamente en el concepto de costes regulados y que separan la tarifa de acceso en dos componentes: peajes y cargos. Los peajes van destinados a recuperar los costes de las redes de transporte y distribución, y son determinados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Los cargos están destinados a cubrir el resto de los costes regulados, tales como la financiación de las renovables, el sobrecoste de producción de energía en los territorios no peninsulares o las anualidades del déficit y son determinados por el Ministerio para la Transición Ecológica.
En la facturación del consumo en regadíos individuales (es decir, al margen de las comunidades de regantes), las conexiones más habituales en baja tensión (3.0A) pasan a la nueva tarifa 3.0TD (tensión V≤1 KV y potencia: >15KW). Según la CNMC si el consumidor no hace nada, en términos medios, la parte regulada de su factura antes de impuestos se reducirá aproximadamente un 6,4% respecto de los peajes establecidos anteriormente. Por su parte, la media tensión (3.1A) pasa a la nueva tarifa 6.1TD (tensión:1
La principal novedad es que se pasa de una diferenciación de precios de tres periodos (valle, llano y punta) a seis periodos (desde el P6 más barato, pasando gradualmente por el P5, P4, P3 y P2 hasta el P1 más caro), y ello tanto para los términos de potencia como de energía. La correspondencia de estos períodos con las horas del día varía en función de los meses a lo largo del año (ver tabla anexa). Así mismo, se establece el nuevo componente que constituye los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad.
COAG Castilla y León considera que las consecuencias de estos cambios no son generalizables a todos los regantes, sino que la afectación variará en función de las características de cada explotación y de las posibilidades que ofrezca en las mismas el manejo del riego. Habrá regantes que podrían ver abaratada su factura y habrá otros, probablemente mayor cantidad, que se verán perjudicados por dichos cambios, resultando complicado cuantificar cuántos se encontrarán en cada uno de los casos anteriores.
Lógicamente, cada regante tiene una casuística particular (mayor o menor presencia de cultivos con necesidades de riego y en qué cuantía y época son sus requerimientos hídricos, posibilidad de simultanear o complementar riegos con otras fuentes de energía: renovable, gasóleo, etc.) y de nada le servirán las estimaciones que, ya sea como pérdida o beneficio, se puedan hacer como media, porque a buen seguro no van a ser reflejo de su situación concreta.
Resulta evidente sin embargo que serán aquellas personas que no puedan planificar sus riegos dentro de los horarios más baratos quienes tendrán más posibilidades de verse perjudicadas por los cambios tarifarios. Y especialmente considerando el alto coste de los nuevos conceptos regulados dentro del mes de julio.