"Inmadurez, egoísmo y capricho" tras la "Galicia profunda"
"Es mi hijo"; se viene conmigo; la decisión está tomada, no hay nada que discutir; su casa va a ser mi casa donde yo elija; lógicamente el niño tiene y va a estar conmigo
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Varias razones de peso escondidas bajo la decisión judicial de una magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº7 de Marbella que argumenta que la custodia de un menor de 13 meses debe ser para el padre que vive en la ciudad de Marbella y no, para la madre, que actualmente reside en su Muros natal y que esta jueza califica de "Galicia profunda". Hasta aquí, la interpretación puede llevar al error ya que existe un cúmulo de circunstancias, ajenas al desarcetado comentario de la jueza, que desequilibran la balanza en favor del progenitor.
La magistrada María Belén Ureña las resume en que "no hay que dar por supuesto que una madre, por el hecho de ser mujer y haber parido un hijo, esto es, por razones puramente biológicas, está más capacitada o tiene cualidades o habilidades especiales para cuidar mejor de un niño", un alegato que, lejos de cualquier manipulación política y social, da lugar a un elenco de adjetivos como "inmadura, egoísta y caprichosa" para definir el papel de la mujer respecto a sus labores como madre.
UNA HISTORIA CON DESAVENIENCIAS
La pareja, que se había conocido en Madrid, decidió en enero de 2020 y de mutuo acuerdo, que el destino elegido para seguir compartiendo su vida como pareja de hecho, iba a ser Marbella. Él, ejerciendo como médico especialista y ella, como decoradora de interiores. A partir de aquí, en agosto de 2020 y en plena pandemia nace el menor. Entonces, la madre abandonó su trabajo para centrarse en criar al bebé, mientras que el padre solicitó los cuatro meses de permiso de paternidad y otro mes adicional por vacaciones. Tras ello, este verano comenzaron los problemas de pareja y tras reiteradas amenazas de la madre de querer volverse a Galicia con el pequeño, finalmente lo hizo de manera completamente "unilateral y no consentida por el padre".
A partir de aquí, varias denuncias por parte del progenitor que vienen también intercaladas por un conjunto de conversaciones de Whatsapp subidas de tono entre ambos en el que la madre comienza remitiendo al padre que ella no se va a mover de Galicia porque "es mi hijo"; se viene conmigo; la decisión está tomada, no hay nada que discutir; su casa va a ser mi casa donde yo elija; lógicamente el niño tiene y va a estar conmigo”.
PRONUNCIAMIENTO DE LA MAGISTRADA
Un mes después del traslado de la madre a Torea -la pedanía de Muros en A Coruña- las denucias por parte del padre caen en manos de esta juez que ha dictado el auto. La magistrada Ureña, tras constatar que el padre estaba capacitado para cuidar a su hijo -al que había cuidado haciendo uso de permisos durante 6 de los 12 meses de convivencia- y su disponibilidad laboral para atender sus necesidades, opta por darle la custodia al hombre.
LA GALICIA PROFUNDA
Llegados a este punto tan polémico, aparece la mención "La Galicia profunda". Un contexto en el que la magistrada intenta contraponer la buena situación del padre ante la falta de claridad en la vida de la madre que no ha vuelto a trabajar desde el parto y que deicdió llevarse al menor por su propia cuenta. Pero l oque realmente se desgrana es que "Marbella es una ciudad cosmopolita, que tiene todo tipo de infraestructuras" y esto "no sucede con la pequeñísima población en la Galicia profunda a la que se ha trasladado la madre, lejos de todo".
RESOLUCIÓN
La jueza defiende que al caso se le aplique "perspectiva de género pero desde una óptica igualitaria entre hombres y mujeres". El auto no agota el procedimiento sino que se limita a fijar medidas provisionales, en tanto en cuanto no se resuelve la demanda de custodia. Entre ellas, se ha fijado un régimen de vistas para la madre, que deberá abonar 150 euros al mes en concepto de pensión alimenticia, dada su condición de desempleada.