La Rioja autoriza la caza nocturna de conejos desde vehículos con focos: captura en mano y al salto sin perro

La Rioja autoriza de manera excepcional la caza nocturna de conejo desde vehículos con focos y la captura en mano y al salto sin perros

Autorización caza conejo

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica del Gobierno riojano ha autorizado de manera excepcional la caza nocturna de conejo desde vehículos con focos y la captura en mano y al salto sin perros.

Estas nuevas iniciativas se llevarán a cabo en todos los cotos de la comunidad con nivel de riesgo por su sobrepoblación para prevenir los daños en los cultivos, ha detallado este lunes el Ejecutivo regional en una nota.

Para el correcto desarrollo de estas medidas, que ya están en vigor y se prolongarán hasta el 30 de junio de 2022, se deberán cumplir los requisitos obligados para el control poblacional de conejo en las zonas más afectadas por la presencia de este mamífero.

El Gobierno riojano ha establecido también las condiciones específicas, y los días y horarios autorizados para cada método. Respecto a las capturas en mano y al salto sin perros se podrán ejecutar todos los días de la semana de 8:00 a 11:00 horas en el cuartel de caza menor.

La modalidad de caza nocturna desde vehículos con focos se podrá practicar todos los días de la semana desde el anochecer hasta el amanecer en todo el coto.

Además, para desarrollar este método, el titular o adjudicatario del coto deberá avisar con una antelación suficiente a Delegación el Gobierno en La Rioja para la obtención de la pertinente autorización.

Por otra parte, esta modalidad se deberá realizar con un máximo de 3 personas en el vehículo, portando una única escopeta en el vehículo, autorizados por el titular o adjudicatario del coto, siendo una de las personas el guarda del coto en el ejercicio de sus funciones de vigilancia, inspección y control.

Por último, el titular o adjudicatario del coto tendrá que avisar con una antelación de al menos 48 horas al desarrollo de la actividad a la Sección de Caza de la Dirección General de Biodiversidad, para indicar el vehículo y la identidad de sus ocupantes.

El guarda del coto deberá notificar llamando al teléfono de emergencias 112 el inicio y fin de la acción de caza, indicando el número de las capturas realizadas en cada sesión.

El control de esta autorización excepcional será realizado por el guarda que tenga contratado el coto durante la vigencia de la misma, siempre que se haya remitido el contrato a la Dirección General de Biodiversidad y que se haya incorporado sus datos en la aplicación habilitada para la gestión de cotos.

Para ello, como requisitos mínimos, el guarda deberá saber en todo momento cuántos cazadores están cazando conejo y en qué parajes y, al final de la jornada, deberá realizar recuento del número de capturas por método empleado.

Por su parte, en los primeros 5 días de cada mes, el titular de la autorización remitirá a la Dirección General de Biodiversidad el parte de capturas del mes anterior por jornada y método a través de registro habilitado.

El titular del coto será el responsable de fijar mecanismos de coordinación entre los titulares del aprovechamiento cinegético y los agricultores con el propósito de minimizar los daños, poniendo en conocimiento de los agricultores de su localidad la ejecución de las medidas extraordinarias.

Estas propuestas se suman al resto de medidas excepcionales que el Ejecutivo regional ha implementado en los últimos meses para abordar los daños ocasionados por fauna cinegética en explotaciones agrícolas, en el marco del diálogo con agricultores, cotos y organizaciones profesionales agrarias.

A este respecto, la Dirección General de Biodiversidad ya había autorizado métodos para llevar a cabo la actividad cinegética como la captura con hurón y escopeta con muerte inmediata y sin perros; con hurón y red con muerte inmediata; y ejerciendo la espera con escopeta con muerte inmediata y sin perros.

Las capturas con hurón, escopeta y red se podrán llevar a cabo todos los días de la semana entre el amanecer y el ocaso en el cuartel de caza menor.

Por su parte, la modalidad de espera se podrá practicar todos los días de la semana desde que amanezca hasta dos horas después y desde dos horas antes del atardecer hasta que anochezca, en todo el coto. En ésta última, está autorizado el uso de arma del calibre 5,6 milímetros.