Trabajar en la calle, bajo el sol y a más de 40 grados: ¿cuáles son los derechos del trabajador?

Jorge Trevesedo, socio de Sagardoy Abogados e inspector de trabajo en excedencia, explica en TRECE cuáles deberían ser los protocolos

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Ante las altas temperaturas, cada vez más empresas adaptan sus protocolos para sus trabajadores que realizan trabajos en el exterior. Ante la falta de una normativa clara, los sindicatos piden que el calor se contemple como un riesgo laboral específico.

Jorge Trevesedo, socio de Sagardoy Abogados e inspector de trabajo en excedencia, explica en TRECE cuáles deberían ser los protocolos: “Las medidas de protección deben ser similares a las que cualquier persona puede utilizar en su vida diaria: ropa de verano, gorras, hidratación, cremas solares y la reducción de la exposición”.

¿Es posible acordar una normativa?: “La normativa actual no establece limitaciones de temperatura en las cuales los trabajadores no puedan prestar servicios. Esto si ocurre en el interior, donde existen unas temperaturas máximas y mínimas para poder trabajar. Los empresarios son los que implantan los protocolos y los que deben decidir cuáles son las medidas. Al no existir esta normativa clara en materia de protección, todo queda en manos del empresario y de protocolos lógicos como evitar las horas centrales del día para trabajar”. Además, Jorge explica por qué es complicado concretar unas medidas comunes en exteriores: “En el interior las temperaturas son diferentes en función de si el trabajo es sedentario o no. Están perfectamente delimitadas a 17 grados de mínimo cuando es sedentario, por ejemplo. También existen límites a la humedad o a la velocidad del viento, pero en el exterior no podemos limitar la temperatura, lo único que podemos limitar es la exposición al sol”.

Las altas temperaturas dejan ya tres trabajadores fallecidos por golpes de calor durante su jornada laboral en la Comunidad de Madrid, después de la muerte, el pasado jueves, de un hombre de 56 años mientras repartía propaganda en el municipio madrileño de Paracuellos de Jarama. Esta muerte se suma a los fallecimientos de un operario de limpieza en el distrito de Puente de Vallecas y de un trabajador de una nave industrial en la localidad de Móstoles, en la que, según sus compañeros, se llegó a los 46 grados de temperatura.

¿Es obligatorio trabajar bajo estas condiciones?: “Un trabajador tiene el derecho de cesar en su puesto de trabajo cuando las condiciones de trabajo se lo impiden y hay un riesgo para su salud. En condiciones extremas el trabajador puede adoptar esta decisión y luego se analizará si esa decisión se ha tomado de forma correcta o no, pero el derecho está ahí y para eso está la ley”, apunta Jorge mientras señala que algunas empresas ya están tomando medidas: “Las empresas que prestan servicios de limpieza han llegado a un acuerdo sindical por el cual han modificado determinados turnos de trabajo, aumentando los turnos de mañana, eliminando turnos de mediodía e intensificando los turnos de tarde”.