Un obrero de Las Palmas sufre un infarto, su empresa lo despide y los mensajes de WhatsApp de su jefe lo cambian todo: fue indemnizado
El trabajador no aceptó la decisión y presentó demanda por despido, alegando vulneración de derechos fundamentales y concluyeron que no existía una justificación objetiva y razonable

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado un giro inesperado en el caso de un trabajador de la construcción de Las Palmas que fue despedido mientras se encontraba de baja médica tras sufrir un infarto de miocardio. La resolución judicial ha declarado nulo el despido, subrayando que la empresa actuó de forma discriminatoria y vulnerando los derechos fundamentales del empleado.
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El afectado, un oficial de 2ª oficio que empezó a trabajar en enero de 2022, atravesó varios episodios de incapacidad temporal, incluyendo un grave infarto y un accidente laboral. Durante estos procesos de baja médica, el trabajador denunció a su empresa ante la Inspección de Trabajo por retrasos en los pagos y por el trato recibido mientras estaba incapacitado para trabajar.
A pesar de estas circunstancias, la empresa le comunicó en febrero de 2023 un despido bajo la apariencia de causas objetivas, alegando un descenso en el volumen de negocio, tal y como contempla el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, el trabajador no aceptó esta decisión y presentó una demanda argumentando que el despido respondía a represalias por sus denuncias y su estado de salud.

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El punto clave que cambió el rumbo del caso fueron los mensajes de WhatsApp enviados por el jefe directo del trabajador, donde se mostraba claramente el cuestionamiento hacia la baja médica y se acusaba al empleado de abusar de la situación. Estos mensajes, junto con pruebas de contrataciones posteriores por parte de la empresa pese a alegar dificultades económicas, evidenciaron la falta de justificación objetiva para el despido.
El fallo judicial y sus consecuencias
El Juzgado de lo Social n.º 1 de Las Palmas inicialmente declaró improcedente el despido, obligando a la empresa a optar entre readmitir al trabajador o indemnizarlo. Sin embargo, el trabajador recurrió y llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que finalmente calificó el despido como nulo por vulnerar la Ley 15/2022 de igualdad de trato y la tutela judicial efectiva.
La sentencia destaca que la extinción del contrato fue una actuación discriminatoria vinculada a la incapacidad temporal y a las denuncias realizadas. Además, el tribunal subrayó que no existía una justificación objetiva ni razonable que respaldara la decisión de la empresa. Por ello, la empresa deberá readmitir al trabajador, abonarle los salarios dejados de percibir durante el proceso y, en su caso, indemnizarle por daños morales.

Una persona abriendo la aplicación de WhatsApp
Este caso refleja la importancia de que las empresas respeten los derechos de los trabajadores, especialmente en situaciones de vulnerabilidad como las bajas médicas. Asimismo, pone de manifiesto cómo las pruebas digitales, como los mensajes de WhatsApp, pueden jugar un papel fundamental en la defensa de los derechos laborales.
Para más información sobre despidos relacionados con incapacidad temporal y discriminación laboral, puede consultarse el Estatuto de los Trabajadores y la Ley 15/2022 de igualdad de trato. También es recomendable conocer las recomendaciones de la Inspección de Trabajo sobre la protección de trabajadores en situación de incapacidad.
Este fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias marca un precedente importante para evitar despidos injustificados y defender los derechos fundamentales de los empleados en el ámbito laboral.