Declaración individual o conjunta ¿qué te interesa más?

Cómo hacer la declaración de la Renta ¿individual o conjunta?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Llega la hora de elegir ¿qué hacemos? ¿Declaración individual o junto con nuestra pareja? ¿cuál nos favorece más? Hay que pensar que presentarla conjunta un año no nos ata para tener que hacerlo de la misma manera en ejercicios posteriores, cada año es independiente. También es conveniente echar mano de un simulador para calcular exáctamente qué opción  nos sale más rentable.

Antes de nada, hay que pensar que sólo las personas que forman parte de una unidad familiar pueden tributar de forma conjunta. En otras palabras, las parejas de hecho sin hijos, no pueden.

¿Qué es una unidad familiar?

.- Casados: Es la unidad formada por los cónyuges y los hijos menores (si los hay)

.- Cuando hay separación legal: En este caso sólo uno de los padres será unidad familiar con los hijo/s que con él/ella convivan (el que tenga la guardia y custodia) que será quien pueda declarar de forma conjunta. De la misma manera, si la pareja de hecho  tiene hijos, solo uno de ellos  podrá optar a la conjunta con sus hijos. Al otro miembro de la pareja no le quedará más remedio hacerlo de forma individual.

¿Cuándo interesa conjunta?

En primer lugar hay que mirar la situación laboral y económica de la pareja. Por lo general, si uno de los cónyuges no tiene ingresos o éstos son muy bajos, inferiores a los 3.400 euros, interesa. También se podría aconsejar -en líneas generales- para familias monoparentales con hijos que no reciben rentas.

¿E Individual?

Si los dos miembros de la pareja trabajan, por lo general es mejor optar por la individual con el fin de  reducir la base imponible.

También si el matrimonio tiene una hipoteca de la vivienda habitual compartida con derecho a deducción.

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