DEFENSA ORGANISMOS

Aprobado el nuevo estatuto del Instituto de Vivienda de Defensa

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el nuevo estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (Invied).

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el nuevo estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (Invied).

El Gobierno ha aprobado mediante un Real Decreto este nuevo estatuto obligado por una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que declaró la nulidad del Real Decreto del 16 de octubre de 2005, que aprobó el estatuto del Invied.

La Sala apreció la omisión de un requisito formal, el dictamen preceptivo del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, recogido por la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, del 27 de julio de 2011.

El contenido del nuevo estatuto es prácticamente idéntico al anterior, con las lógicas modificaciones derivadas de la sentencia y de la entrada en vigor de nuevas leyes -en concreto, la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- y del cambio de denominación de departamentos ministeriales.

La modificación más importante es la inclusión de un nuevo apartado en el artículo relativo a la resolución de los contratos.

Si la resolución del contrato es por falta de pago, el desahucio podrá sustituirse por la aceptación de la propuesta de fraccionamiento o aplazamiento de pago instada por el usuario o formulada de oficio por el Invied, en los términos previstos en la Ley General Presupuestaria y en el Reglamento General de Recaudación.

Si a partir de entonces no se pagan las cantidades fraccionadas o cualquier mensualidad, se procederá a la inmediata resolución del contrato y el consiguiente procedimiento de desahucio.

Mediante este real decreto se establecen las condiciones y forma de la de la extinción como tal del Servicio Militar de Construcciones y su integración y la de su personal en el Invied, que asume todas las competencias de aquel, dentro del proceso de racionalización de las estructuras de la Administración General del Estado.

Se establece que el Invied tendrá como funciones, entre otras, la adquisición, por compra o por cualquier otro medio, de bienes inmuebles y derechos reales destinados a la infraestructura y uso por las Fuerzas Armadas.

También tendrá la función de enajenación a título oneroso de bienes inmuebles que sean desafectados por el Ministerio de Defensa y puestos a su disposición, y de las viviendas militares que resulten enajenables.