¿Cómo funciona la exención de la ganancia patrimonial que obtengo con una renta vitalicia?

Nuestro experto Iván Sáez responde sobre preguntas frecuentes a la hora de hacer la Declaración de la Renta

¿Cómo funciona la exención de la ganancia patrimonial que obtengo con una renta vitalicia?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Ya está el plazo para presentar la Declaración de la Renta, un proceso para muchas personas tedioso y difícil de entender. Por eso, en COPE.es te vamos a poner todas las facilidades posibles a tu alcance y te ayudaremos a sacar el máximo partido a la declaración de la Renta con su nuevo consultorio fiscal. Gracias a Iván Sáez, director de People Advisory Services de EY, cada día responderemos una pregunta. La de este lunes es: ¿Cómo funciona la exención de la ganancia patrimonial que obtengo con una renta vitalicia?

La ganancia patrimonial derivada de la transmisión de un elemento del patrimonio del contribuyente queda exenta del IRPF cuando este sea mayor de 65 años y constituya con el importe obtenido de la transmisión una renta vitalicia asegurada a su favor en el plazo de seis meses desde que obtuvo la ganancia patrimonial, pudiendo destinar como máximo 240.000 euros, y cuando el importe destinado a la renta vitalicia fuera menor que la ganancia patrimonial obtenida, únicamente quedará exenta la parte proporcional de la ganancia que corresponda a la renta vitalicia.

La información objeto de esta colaboración no tiene carácter de asesoramiento a clientes y solo debe considerarse como facilitada a modo orientativo. En ningún caso sustituye a un análisis en detalle ni puede utilizarse como juicio profesional. Para cualquier asunto específico, se debe contactar con el asesor responsable.