¿Puedo formarme y dejar exento el salario correspondiente al coste?

Iván Sáez, director de People Advisory Services de EY, responde a tu pregunta

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Ya se ha abierto el plazo para presentar la Declaración de la Renta, un proceso para muchas personas tedioso y difícil de entender. Por eso, en COPE.es te vamos a poner todas las facilidades posibles a tu alcance y te ayudaremos a sacar el máximo partido a la declaración de la Renta con su nuevo consultorio fiscal. Gracias a Iván Sáez, director de People Advisory Services de EY, cada día responderemos una pregunta. La de este viernes es: ¿Puedo formarme y dejar exento el salario correspondiente al coste?

No tendrán la consideración de rendimiento de trabajo en especie “...las cantidades destinadas a la actualización, capacitación o reciclaje del personal empleado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo.”

En este sentido, la cantidad destinada la formación podrá estar no sujeta a tributación, siempre que dicha formación sea necesaria o contribuya a la realización de su trabajo.

La información objeto de esta colaboración no tiene carácter de asesoramiento a clientes y solo debe considerarse como facilitada a modo orientativo. En ningún caso sustituye a un análisis en detalle ni puede utilizarse como juicio profesional. Para cualquier asunto específico, se debe contactar con el asesor responsable.

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