¿Qué es la deducción por inversión en empresas de nueva creación?

Iván Sáez, director de People Advisory Services de EY, responde a tu pregunta

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Ya se ha abierto el plazo para presentar la Declaración de la Renta, un proceso para muchas personas tedioso y difícil de entender. Por eso, en COPE.es te vamos a poner todas las facilidades posibles a tu alcance y te ayudaremos a sacar el máximo partido a la declaración de la Renta con su nuevo consultorio fiscal. Gracias a Iván Sáez, director de People Advisory Services de EY, cada día responderemos una pregunta. La de este martes es: ¿Qué es la deducción por inversión en empresas de nueva creación?

Esta deducción ha tenido mejoras para este ejercicio 2018. El contribuyente del IRPF que adquiera acciones de una entidad de nueva o reciente creación podrá deducir de la cuota íntegra estatal el 30% (antes era el 20%) de las cantidades invertidas en el ejercicio, sobre una base máxima de 60.000 EUR (antes eran 50.000 EUR).

Algunos de los requisitos son que las acciones en esta entidad deben adquirirse en el momento de su constitución o en una ampliación de capital que tenga lugar durante los 3 primeros años desde su constitución, y que deben estar en el patrimonio del contribuyente un mínimo de 3 años y un máximo de 12.

Por otra parte, la participación directa o indirecta del contribuyente en la entidad, junto con su cónyuge y familiares que alcancen colaterales de segundo grado, no podrá ser superior al 40%, y no debe tratarse de una entidad que ejerza una actividad que se venía ejerciendo anteriormente bajo otra titularidad. Para que tengan derecho a deducción, las cantidades invertidas no puede haber gozado de una deducción Autonómica, provenir de una operación de venta de acciones y reinversión exenta en virtud del artículo 38.2 de la Ley del IRPF, o haber gozado de deducción en ejercicios previos por provenir de cuentas ahorro-empresa.

La empresa debería cumplir además ciertos requisitos.

La información objeto de esta colaboración no tiene carácter de asesoramiento a clientes y solo debe considerarse como facilitada a modo orientativo. En ningún caso sustituye a un análisis en detalle ni puede utilizarse como juicio profesional. Para cualquier asunto específico, se debe contactar con el asesor responsable.

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