Aviso de Hacienda: Esta es la cantidad máxima que puedes tener de deuda para que te sea perdonada

Si no supera esta cantidad la Agencia Tributaria te perdonará la deuda y la borrará de sus registros.

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María Bandera

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Un miembro de la familia en paro, el abuso de la tarjeta de crédito o de las compras financiadas o préstamos hipotecarios para poder acceder a una casa o los gastos imprevistos, todo ello sumado  a los bajos salarios o a la temporalidad de algunos contratos, llevan a muchos españoles a endeudarse. 

Bien es cierto que si nos remitimos a las cuentas financieras de la economía española publicadas el pasado mes de julio por el Banco de España, la deuda de los hogares cayó un 1% en el primer trimestre de año, pasando de los  695.800 millones de euros en marzo de 2023 a los 681.500 millones en el mismo mes de 2024.

Hacer frente a una deuda no siempre es sencillo, pero debes de saber que si algunos 'agujeros' pendientes de pago los tienes con el fisco, serán  perdonados siempre que la cantidad no supere los tres euros. 

Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) en una resolución de noviembre de 2022. Los motivos que esgrime son puramente económico, según explica ya que no compensa perseguir para su recaudación una cuantía que tachan de "insuficiente".  Es decir, supone "unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse" y por tanto un "nulo provecho para la Hacienda Pública"

De esta manera el Departamento de Informática de Hacienda "ejecutará el proceso informático que permita la baja en cuentas de las referidas liquidaciones" y la relación de deudas anuladas se comunicará "al organismo autónomo correspondiente mediante los ficheros de información que se remiten mensualmente con el detalle de movimientos de deudas"

¿Puedo tener una deuda y no saberlo?

¿Puedes tener un deuda con Hacienda y no saberlo? Pues puede suceder. Quizás te hayas mudado de casa y no has actualizado como debes tu domicilio fiscal, un dato fundamental para que Hacienda te tenga localizado de cara a cualquier notificación. Y ojo porque no hacerlo te puede costar una multa de 250 euros

Puede ser que adeudes dinero a la Agencia Tributaria como consecuencia de la liquidación de un impuesto o porque tengas una sanción pendiente de pago. 

Recuerda que si no pagar una deuda durante el período voluntario, Hacienda puede enviarte una providencia de apremio con un nuevo plazo de pago, lo que  afecta al importe de la deuda que se irá incrementado con recargos que pueden ser de hasta el 20%, además de los posibles intereses de demora.

Si piensas que puedes tener una deuda y no saberlo, debes saber que existe una forma para salir de dudas de  forma sencilla.  Basta con acceder a la Sede Electrónica de Hacienda y desde allí ir a la sección “Deudas, apremios, embargos y subastas”, pinchar en “pagar, aplazar y consultar" y seleccionar la opción “Consulta de deudas”. Para consultarlo será necesario que te identifiques  con certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve.

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Si cobras esto, también estás 'perdonado'

También debes saber que si tienes un embargo de tu sueldo o pensión por algún impago con Hacienda, puedes estar exento. Lo deja claro el propio Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 27; no se puede embargar una parte del sueldo o pensión del ciudadano que lo deje con menos del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.

Es más, la nueva ley de Empleo Ley 3/2023  establece que “el salario mínimo interprofesional, en su cuantía, tanto anual como mensual, es inembargable”.  Es decir, que si Hacienda nos tiene que embargar, este embargo no podrá superar al SMI establecido, que en la actualidad es de 1.134 euros brutos mensuales en 14 pagas. A partir de esa cantidad, Hacienda sí que podrá cobrarte lo que le adeudas. 

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