Esta es la nueva multa a la que te enfrentas por hacer este gesto este verano en la calle: Hasta 750 euros

Ni escupir, ni sacudir la alfombra por la ventana. Algunos ayuntamientos implementan algunas multas que pueden comprometer tu bolsillo estas vacaciones

Transeúntes por la calle. Archivo

María Bandera

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Lo cierto es que ni siquiera debería haber multas, la responsabilidad de cada uno y el respeto por los demás debería bastar. Y es que permitir que nuestro perro orine, debería de estar condicionado a unas normas que equilibren los derechos de los dueños de estas mascotas con los del resto de transeúntes.

Para ello resulta fundamental entrenar a nuestros animales para que no se acostumbren a orinar en portales, paredes, farolas o cualquier elementos del mobiliario urbano y que se limiten a hacerlo en lugares específicos, ya sea en casa o en áreas públicas permitidas.

No obstante en España, hay normativa local que lo regula, que varía según el municipio y que deja bien claras una serie de multas de diferentes cuantías.

Entre 50 y 750 euros de multa

Precisamente en León ha entrado este verano en vigor la nueva Ordenanza que obligará a los dueños a limpiar el orín de sus perros. Ya existía la obligatoriedad de recoger las heces de las mascotas en la anterior norma, si bien ahora especifica que se debe "diluir la suciedad que los animales pueden generar en la vía con la cantidad suficiente de agua".

No hacerlo te puede suponer un desembolso de entre 50 y 750 euros de sanción.

Hay otros ayuntamientos como Las Palmas de Gran Canaria que van más lejos y eleva las posibles multas hasta los 1.500 euros, eso sí con una rebaja de 50% por el pronto pago, es decir, si se abona antes de 15 días.

Captura de la ordenanza del Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Preservar el entorno urbano

La idea es "preservar el entorno urbano y mejorar la calidad de vida en la ciudad", además de conseguir que población se sensibilice de la necesidad de realizar una buena "gestión de los residuos que generamos".

¿Con qué se limpia?

Queda claro la necesidad de limpiar el orín de nuestro fiel compañero, pero ¿cómo? La medida ya forma parte de las ordenanzas de otros ayuntamientos como Albacete, Badalona, Alcalá de Henares según informa el portal srperro.com donde por ejemplo se especifica la obligatoriedad de llevar una botella con producto de limpieza, ya sea "algún producto específico destinado a este uso, así como agua mezclada con vinagre común, bicarbonato de sodio o zumo de limón".

Otros consistorios como el de Benalmádena apelan a la botella de con agua con jabón.

El líquido, claro está, deberá ser vertido o vaporizado sobre la micción.

Detalle del cartel de Las Palmas de Gran Canaria

Ni colillas, ni escupir ni sacudir la alfombra por la ventana

Entre las regulaciones municipales también existen otras que muchas veces desconocemos. La limpieza por ejemplo de establecimientos comerciales y de hostelería, la de solares y fincas y la de nevadas u otras inclemencias meteorológicas con infracciones por incumplimiento que van desde faltas leves a graves o muy graves y sanciones que pueden comprometer nuestro monedero con entre 50 y 3.000 euros. En caso de tratarse de residuos peligrosos o suelos contaminados esa cantidad podría subir a los 3,5 millones de euros.

Prohibiciones también por quemar residuos, desperdicios, basuras o materiales de cualquier tipo, o arrojarlos o depositarlos en las vías públicas o privadas, en sus aceras y en los solares o fincas valladas o sin vallar.

Atención también a las cosas de pequeño volumen como papeles, colillas apagadas, envoltorios y similares, que deben depositarse en las papeleras existentes.

Está sujeto a sanción también "escupir, orinar o defecar", y "arrojar colillas o chicles masticados" en la vía pública.

Tampoco se permite "tender la ropa en balcones o ventanas orientados a la vía pública" ni "sacudir ropas, alfombras o similares" en la calle.

Se mantiene la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos, siempre que con dicha conducta "se cause deterioro al entorno, se abandonen residuos o se provoquen molestias a los vecinos".

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