Este es el motivo por el que tus vecinos pueden echarte de la piscina comunitaria: Es obligatorio

Se pueden imponer límites horarios para usar zonas comunes tales como la piscina. Con la llegada del calor se dan diferentes conflictos sobre la piscina en las comunidades

Este es el motivo por el que tus vecinos pueden echarte de la piscina comunitaria: Es obligatorio

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El verano es momento de disfrutar en familia o con amigos del tiempo de descanso y relax. Debido al incremento de las temperaturas, mucha gente opta por ir a lugares de costa o hacer uso de la piscina en su comunidad o vivienda particular. Esto en ocasiones puede suponer un problema, ya que pueden surgir discrepancias en torno a la hora de uso de la misma.

¿Se puede limitar el horario de la piscina en una comunidad de vecinos? ¿Puede impedirme la comunidad acceder al recinto cuando yo lo desee?

Pues bien, sí se puede prohibir utilizar la piscina en dos casos, si no se está al corriente de pago de las cuotas obligatorias para cualquier vecino o si se realiza alguna práctica indebida como el topless.

La ley de propiedad horizontal, es la que legisla las comunidades de vecinos y establece una serie de directrices y normas acerca del uso de las zonas comunes de las comunidades de vecinos: “Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración.”

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Límites establecidos

Por tanto, la normativa no se refiere de forma específica a las piscinas, pero sí a las zonas comunes y la zona de baño es una de ellas.

La comunidad de vecinos podrá sancionar a los vecinos que empleen las piscinas fuera de los horarios habilitados para ello, es decir, la junta de propietarios puede tomar medidas al respecto. Se puede poner una denuncia al propietario e interponer la misma al ayuntamiento correspondiente, que actuará en consecuencia.

Por otro lado, a partir de un cierto número de viviendas en las comunidades es obligatorio que se disponga de un socorrista.

El Real Decreto establece que “el titular de la piscina deberá velar para que sus instalaciones tengan los elementos adecuados para prevenir los riesgos para la salud y garantizar la salubridad de las instalaciones.” Se debe asegurar a su vez la calidad del agua y mantener el pH entre 7,2 y 8,0. La trasparencia debe ser suficiente para ver el desagüe del fondo.

La profundidad de las piscinas no puede superar en ningún caso los 3 metros. Las escaleras deben tener peldaños antideslizantes y no sobresalir del plano de la pared. Respecto a los menores de edad, las comunidades pueden fijar en su normativa si pueden acudir por sí solos o es necesario que estén acompañados por un adulto. También debe especificarse si las mascotas están permitidas en estas zonas comunes o, por el contrario, se restringe su entrada.

Prohibición si no se está al corriente de pago de las cuotas

Se pueden aplicar sanciones durante el tiempo en el que el vecino permanezca sin pagar las cuotas y mientras dicha condición se mantenga en el tiempo. Con esta normativa se pretende otorgar de un mecanismo de regulación a las comunidades de vecinos. Hay que tener en cuenta como se va a regular y controlar la norma, para que los vecinos estén al tanto del sistema y saber si puede suponer un coste adicional dentro de la cuota que se paga habitualmente.

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