Un experto explica cómo calcular la indemnización que te corresponde si tu empresa te despide con solo tres datos: paso a paso

El despido siempre es una opción que está sobre la mesa en cualquier relación laboral, por eso nunca está de más conocer tus derechos e indemnizaciones.

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Despido laboral

María Bandera

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No suele ser la situación deseada por ningún trabajador, pero el despido siempre es una opción que está sobre la mesa en cualquier relación laboral. 

Incurrir en alguna falta grave, como incumplir las normas de la empresa, faltar al trabajo sin un motivo justificado o una mala situación financiera del negocio, se encuentran entre las posibles causas que pueden desembocar en este final fatal. 

Sea cual sea el motivo, el despido debe siempre ajustarse a la ley. Su proceso en España está regulado en el  Estatuto de los Trabajadores y de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social con el fin de que  ambas partes queden claramente protegidas.  

OBjetivo, disciplinario o improcedente

De entrada no hay un único tipo de despido. Puede ser objetivo o disciplinario, dependiendo de las causas que lo han originado. Además, en ambos casos, "puede ser declarado procedente, improcedente o nulo en juicio", según explican los abogados de Campmany. 

En el caso del objetivo, este se produce por causas ajenas al empleado y nada tiene que ver con su rendimiento profesional.  Lo más habitual es que venga ligado a dificultades económicas de la empresa. 

Otra historia es el disciplinario. En este caso es el trabajador quien puede haber violado "de forma grave y culpable los términos de su contrato de trabajo". Estamos hablando de faltas reiteradas de asistencia, puntualidad, incluso de insultos o mal comportamiento, entre otras causas. 

Indemnización por despido

Cuando una empresa decide finiquitar su contrato sin justificación adecuada, el trabajador tiene derecho a una indemnización que no es más que una cantidad de dinero que viene a permitirle salir adelante una vez se ha quedado sin empleo.  

Despido laboral

Su cálculo se establece de acuerdo a diferentes factores, ya sea el tiempo trabajado en la empresa o el sueldo percibido hasta entonces. 

En el caso de los objetivos -y también los colectivos- suelen ser 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades, mientras que si ha sido disciplinario pero declarado procedente "no hay obligación de indemnizar al empleado".

Otra cosa es que sea improcedente. En este caso el Estatuto de los Trabajadores deja claro  que la indemnización es de 33 días por año trabajado, y eso hasta un máximo de 24 meses de salario, a lo que se pueden añadir 15 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades, en algunos casos.

improcedente pero sin techo

En lo que se refiere al despido improcedente, el pasado verano el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) declaraba irregular el sistema español, ya que fijaba un tope.

Es decir, que los tribunales en la práctica no pueden acordar una indemnización superior a ese techo, lo que implica que no puedan ajustarse a la situación personal  de cada trabajador.

Sin embargo, el artículo 24 de la Carta Social Europea estipula que los países firmantes deben garantizar que cuando hay un despido improcedente el trabajador tiene derecho a “una indemnización adecuada u otra reparación apropiada” y para que eso esté garantizado deben también poder recurrir a “un órgano imparcial”.

Además, la indemnización,  “debe ser a la vez proporcional al perjuicio sufrido por la víctima y tener un efecto suficientemente disuasorio sobre la empresa” por lo que cualquier tope que hiciera que no se cumplieran esas dos condiciones, no sería válido.

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calcular el despido que me corresponde de forma sencilla

Llegado a ese punto, cómo puedo calcular  lo que me corresponde de despido y saber si mi empresa me está pagando lo justo. Pues a esta pregunta responde de forma sencilla en su cuenta de Instagram el abogado laboralista y divulgador de Contenido Jurídico en Redes Sociales, Miguel Benito Barrionuevo.   

Para calcularlo, explica hay que buscar en  Google,  Consejo General del Poder Judicial, cálculo de indemnizaciones. Una vez dentro, solo tenemos que introducir tres datos; "fecha de antigüedad,  fecha de despido y salario bruto mensual". Cabe recordar que el salario bruto en los casos de paga diaria y mensual, deben incluir el prorrateo de las pagas extraordinarias.

Ya solo queda pulsar en 'consultar' y en la pantalla podremos ver la indemnización a la que tenemos derecho, siempre teniendo en cuenta que este resultado no es vinculante.

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