El ingreso mínimo vital se podrá solicitar desde este lunes

Esto es todo lo que debes saber sobre el ingreso mínimo vital, que tendrá efecto retroactivo desde el 1 de junio

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Susana Moneo

Publicado el - Actualizado

1 min lectura

A partir de este lunes se puede pedir el ingreso mínimo vital, IMV, una renta para quienes están en riesgo de pobreza y no llegan a unos ingresos considerados como mínimos. Tendrá efecto retroactivo desde el 1 de junio.

¿Qué es el ingreso mínimo vital?

Se trata de una prestación que da la Seguridad Social, no contributiva, que se considera como ingreso mínimo para paliar la situación de pobreza o vulnerabailidad. Se garantiza una renta mínima a quienes carecen de esos ingresos o están por debajo de ese mínimo, que dependerá de la composición de la unidad familiar.

Para un adulto, la cantidad es de 462 euros al mes. Se irá sumando 139 por cada persona adicional en la familia, ya sean adultos o menores, hasta un máximo de 1.015 € al mes. Por ejemplo, una familia con dos adultos y dos niños tendrá derecho a una renta de 879 euros al mes. Las familias monoparentales tienen un extra de 100 euros.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

¿Es compatible con otros ingresos?

Sí, siempre y cuando esos ingresos no superen el mínimo vital. No se dirige sólo a personas sin empleo. Es compatible con las rentas del trabajo y con otras subvenciones o ayudas.

¿Cómo lo solicito?

En las oficinas de la Seguridad Social y, dada la paralización de la administración, en la sede electrónica de la Seguridad Social, donde hay un simulador y un asistente virtual.

¿Cuándo comenzaré a cobrarlo?

La administración tiene tres meses para resolver y se cobrará con carácter retroactivo desde el 1 de junio. Se abonará mediante una transferencia mensual.

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