Se multiplican por 7 los despidos en el periodo de prueba
Ante las limitaciones para realizar contratos temporales por obra y servicio, los indefinidos se están rescindiendo durante el periodo de prueba
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La Reforma Laboral no consigue acabar con la temporalidad, y su gran reto era convertir contratos temporales en fijos.
Según los últimos datos oficiales de la Seguridad Social, en septiembre se rescindieron 2.640 contratos fijos durante el periodo de prueba, mientras que en el mismo mes del año pasado fueron 328. Se han disparado, se han multiplicado por 7.
El ministro Escrivá dice que el resultado es lógico, “aumentan los desistimientos porque aumentan los contratos fijos”, pero la proporción no es la misma, se han hecho más contratos indefinidos sí, pero se ha doblado de sobra el peso de estas bajas en la contratación total, se ha incrementado de un 0,15 a un 0,34.
Despido sin indemnización
El artículo 14.3 del Estatuto de los Trabajadores, recoge que la figura del desistimiento dentro del periodo de prueba permite al empresario extinguir la relación laboral con el trabajador sin causa que justifique su fin y sin indemnización.
Carlos Martínez Cebrián socio de Écija abogados explica a COPE que “está establecido para dar opción a trabajador y empresa a decidir si la relación laboral cumple con las expectativas de cada uno de ellos, la empresa tiene tiempo para valorar si la capacidad del trabajador es la adecuada y el trabajador tiene tiempo para saber si lo que esperaba es acorde con la realidad y ambas partes pueden extinguir la relación sin preaviso ni indemnización”.
Ahora en la práctica la carencia de norma que blinde los contratos indefinidos, ha convertido el tiempo de prueba en el nuevo temporal y además sin indemnización.
La Ley lo permite
Ante la imposibilidad legal de suscribir contratos temporales muchas empresas están optando por indefinidos extinguiéndolos antes de que termine el periodo de prueba para evitar un coste superior. Porque ha cambiado la Ley, pero no la realidad económica ni la empresarial.
“Por mucho que eliminen la posibilidad de contratar temporalmente, la empresa sigue teniendo la misma necesidad y la tiene que cubrir con las herramientas que la Ley le da y en este caso han optado por suscribir estos indefinidos con extinción en periodo de prueba”, casa mal la realidad de las cosas con la realidad jurídica tras la reforma laboral.
Pero sí podría haber fraude si una empresa abusa de este mecanismo, según Martínez Cebrián “en los casos en que los trabajadores pueden demostrar que una empresa está recurriendo a la contratación indefinida para la extinción posterior, se podría acreditar que la empresa está abusando de la normativa”