Seguridad Social: Estos son los pensionistas que no cobrarán paga extra de Navidad este año
El organismo del Estado detalla cuándo cobrarán los beneficiarios la segunda paga extraordinaria del año
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Muchos pensionistas tienen marcado en rojo el mes de noviembre en el calendario por una sencilla razón: es el período en el que reciben la que es la segunda paga extra del año. La primera ya la percibieron en el mes de junio en la que se conoce como la 'paga de verano' y, ahora, percibirán la famosa 'paga extra de Navidad'. No obstante, habrá algunos que no la perciban, en concreto un grupo reducido de personas.
Así lo detalla en su página web la propia Seguridad Social, que también detalla en qué tramos cobrarán esta paga extra las personas que sí estén incluidas dentro de la lista de aquellos que tienen derecho a ella. Y es que la cuantía de la paga extra de Navidad será la de la mensualidad habitual que cobra el pensionista, merced al método de la Seguridad Social tomando los años cotizados y las base reguladora del trabajador. Un cálculo que deja una media del doble de una mensualidad 'normal'.
Las personas que no cobrarán paga extra en Navidad
Concretamente, los pensionistas que no recibirán la paga extra de Navidad son aquellas que actualmente reciban una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez a causa de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. El principal motivo es que estas personas ya se les abona el importe anual de estas pensiones en un reparto de 12 mensualidades.
El resto de pensionistas, aquellos que lo perciben por jubilación, viudedad, incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez por accidente no laboral o enfermedad común, lo hacen en 14 mensualidades. Por ello, los que no reciban la paga extraordinaria de noviembre no deben preocuparse, porque estas están prorrateadas dentro de las mensualidades ordinarias, al haber sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de la pensión
Cuándo cobrarán la paga extra los que Sí la reciban
Una vez aclarado quienes perciben la paga de noviembre, muchos se preguntarán cuándo la cobrarán. Pues, aunque la normativa de la Seguridad Social incluye que el pago debe realizarse entre el primer día hábil y el cuarto día natural de cada mes, suele ocurrir que las entidades bancarias anticipan el pago de estas cantidades entre el 23 y el 25 de cada mes, por lo que ya deberían haberla recibido los beneficiarios.
Un crédito extraordinario de 5.000 millones
El Consejo de Ministros aprobaba el pasado lunes 8 de noviembre un decreto-ley por el que se concede un crédito extraordinario de 5.012 millones de euros a la Seguridad Social para que pueda equilibrar en sus cuentas el gasto derivado de la covid-19. El Ministerio de Inclusión recordaba en un comunicado que, desde marzo de 2020, se han ido tomando diversas medidas de protección de rentas que han tenido un impacto significativo sobre los ingresos y los gastos del sistema.
Entre ellas, las prestaciones extraordinarias para autónomos y las consiguientes exoneraciones de las cuotas o las exenciones en las cotizaciones sociales de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) vinculados a la pandemia, que se han extendido hasta finales de febrero de 2022.