Estos son los gastos del veterinario que te puedes desgravar con la nueva Ley de Bienestar Animal

El objetivo es poder garantizar que podemos tener acceso a un buen cuidado para ellos

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Estos son los gastos del veterinario que te puedes desgravar con la nueva ley de bienestar animal

Jesús Tobarra

Publicado el

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El que tiene una mascota sabe que es un miembro más de la familia, por eso, queremos que estén sanos y contentos para que nos puedan acompañar todo el tiempo posible. Sin embargo, al igual que en el caso de las personas, con las Navidades y las fiestas se pueden cometer excesos.

Hay determinados alimentos que, aunque nos parezcan inofensivos porque a nosotros no nos sientan mal, a ellos pueden causarles problemas y nos puede terminar costando una visita al veterinario. 

Entre estos alimentos encontramos algunos muy comunes como las uvas, el chocolate, las golosinas sin azúcar, las nueces de macadamia y las bebidas alcohólicas. Concretamente, el veterinario de 'Fin de Semana de COPE', Rafa Esteban, explica cómo con un cuarto de kilo de uvas puede causar la muerte de nuestro perro.

Por tanto, tenemos que tener mucho cuidado con la comida que se nos cae al suelo si tenemos animales en casa para no tener que lamentarnos, ya que, en el mejor de los casos, la cosa terminaría solo con un susto.

La Ley que tiene a los animales en el centro

Para intentar garantizar que podamos cuidar correctamente de nuestras mascotas, la Ley de Bienestar Animal aprobada en 2023 contempla la posibilidad de poder deducir algunos de los gastos veterinarios en la declaración de la renta,  aunque tenemos que tener en cuenta ciertas condiciones específicas.

Solamente hablando de perros, en España hay más de 9.300.000, pero si a eso le sumamos los más de 5.850.000 gatos y los otros millones de peces, pájaros y reptiles, ya podemos apreciar el peso que tienen en nuestra sociedad.

De esta manera y con el fin de garantizar una mayor protección a las mascotas, la Ley de Bienestar Animal establecían que estas eran parte del núcleo familiar y se les reconocía oficialmente como seres sintientes.

¿Cómo y qué me puedo desgravar?

De cara a esta desgravación que comentamos, es importante destacar que se va a aplicar únicamente a los perros y gatos que estén registrados como animales de compañía. Así, van a tener que estar registrados en el censo correspondiente y, como podemos imaginar, tener la documentación pertinente al día.

Los gastos que se incluyen son las intervenciones básicas como revisiones, vacunaciones o tratamientos puntuales. Todo esto, recordamos, con el objetivo de poder garantizar el bienestar del animal, como indica el nombre de la normativa.

A la hora de determinar esta deducción, sin embargo, tenemos que tener en cuenta que es una medida opcional que depende de cada Comunidad Autónoma. En función de dónde estemos, tendremos que incluir los gastos en la declaración de la renta de una manera u otra.

Declaración de la renta

Declaración de la renta

Donde sí se aplica la medida, tendremos que buscar el apartado correspondiente en el programa de ayuda para la declaración de la renta. El porcentaje de deducción generalmente oscila entre el 15% y el 25%, algo que no llega a equipararse con el gran coste que puede conllevar el cuidado total del animal, pero menos es nada.

Como nos podemos imaginar, es importante recordar guardar las facturas referentes a estos servicios veterinarios para poder justificar ante Hacienda la deducción una vez que llevemos a cabo la declaración.

Herrera en COPE

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Con Carlos Herrera

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