El Supremo respalda ahora que el banco pague los impuestos al firmar una hipoteca
Concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este impuesto, sino la entidad que presta el dinero
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Ocho meses después, el Tribunal Supremo se corrige a sí mismo y determina que es el banco quien tiene que pagar los impuestos al firmar la hipoteca y no el cliente. El único interesado en que la hipoteca se eleve a escritura pública y se inscriba en el registro es la entidad financiera, resalta el Supremo. De esta manera, se asegura la recuperación de la cantidad prestada y destaca en la sentencia que “aún reconociendo la solidez de buena parte de los argumentos de la jurisprudencia actual debe ser corregida”. Con esta modificación,el Tribunal interpreta el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y concluye que corresponde a la entidad que presta el dinero y no al cliente.
La sentencia, de la que es ponente el magistrado Jesús Cudero, cuenta con dos votos particulares. Uno discrepante, del magistrado Dimitry Berberof, que defiende la jurisprudencia anterior. Y otro concurrente (comparte el fallo pero discrepa de los argumentos) del magistrado Nicolás Maurandi, que señala que se debió incidir en la existencia de dos impuestos, en el de actos jurídicos documentados y en el principio de capacidad económica.
A partir de ahora los bancos tendrán que hacerse cargo de la cuantía. La sentencia nada dice de retroactividad. Y para las hipotecas anteriores el cliente podrá reclamar el dinero pagado en los últimos cuatro años, el plazo de prescripción, según fuentes jurídicas.
"NUNCA HEMOS COBRADO EL IMPUESTO DE HIPOTECAS"
Bancos, cajas y cooperativas de crédito han afirmado que no han percibido "cantidad alguna" en concepto de impuesto de actos jurídicos documentados. En un comunicado conjunto de la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (UNNAC), el sector recuerda que la sentencia publicada hoy se refiere "a una cuestión de naturaleza tributaria".
Las entidades, señala el comunicado, han cumplido siempre con la normativa vigente, "aprobada hace más de 20 años", y con la reiterada jurisprudencia de la sala tercera del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, "unánime, y mantenida hasta fechas muy recientes", principio que por lo demás ha presidido siempre las relaciones de las entidades con sus clientes. Asimismo, destaca que las entidades financieras "no han percibido cantidad alguna de sus clientes por este concepto".
El sector reclama a los poderes públicos "mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles para el mercado hipotecario", caracterizado por unos tipos de interés competitivos y plazos largos que han permitido el acceso a la vivienda en propiedad a un amplio espectro de población. No obstante, "y como siempre han hecho", añade, a partir de esta sentencia los bancos cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Supremo.