El artículo 100.2: 'un traje a medida' para los Jordis

Este artículo del reglamento penitenciario permite a los presos clasificados en segundo grado disfrutar de un régimen de semilibertad

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Lorena Fernández

Publicado el - Actualizado

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Este artículo del reglamento penitenciario permite a los presos clasificados en segundo grado disfrutar de un régimen de semilibertad. Muy parecido al tercero tiene además un plus: los posibles recursos acaban en la Audiencia Provincial de Barcelona. En el caso del tercero en el tribunal sentenciador del 1-0. En el Supremo. En Marchena.

Como en el entorno de Prisiones nos cuentan a COPE 'mucho han tardado los Jordis en tirar de él. Hay presos VIP que desde el minuto uno han estado en la calle de lunes a viernes con la excusa de hacer voluntariado'.

Con el artículo 100.2 tanto Jordi Sánchez (ANC) como Jordi Cuixart (Òmnium Cultural) podrán salir varias horas al día de prisión bien para trabajar, bien para hacer voluntariado o para el cuidado de familiares. Es, por ejemplo, al que se acoge Oriol Pujol condenado a dos años y medio de cárcel por el caso de las ITV. Además no es incompatible con el 154 que fija que cuando un preso cumple una cuarta parte de su condena puede empezar a disfrutar de hasta 36 días de libertad al año. Los Jordis ya llevan tres semana tirando de él. Condenados a nueve años de cárcel por sedición fueron los primeros en entrar en prisión. Lo hicieron el 16 de octubre de 2017. Echando cuentas a mediados del mes de enero ya cumplieron la cuarta parte de su condena.

El 100.2 tiene un plus: los presos que se acogen a él disfrutan de una similar al tercer grado pero esquivando a la Fiscalía y al Supremo. La Junta de Tratamiendo de la cárcel propone, el Juez de Vigilancia Penitenciar concede y el fiscal puede recurrirlo ante la Audiencia Provincial pero a diferencia del tercer grado su aplicación no se paraliza. Si fuera un tercer grado el tribunal sentenciador, en este caso el Supremo, podría frustar los planes de los presos del procès.

Con la calculadora en la mano entre el artículo 100.2 y el 154 los Jordis verán más las calles de Cataluña que las rejas de Lledoners.