La chapuza con las multas impuestas en el estado de alarma: “Son cuestionables y tienen visos de ser anuladas”

La Justicia les está dando trámite o debe de hacerlo si no quiere que prescriban. Pero de esas propuestas de sanción muchas no están detalladas

Lorena Fernández

Publicado el - Actualizado

4 min lectura

Durante los poco más de tres meses que duró el Estado de Alarma en nuestro país las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pusieron más de un millón de multas y se practicaron unas 9.000 detenciones por saltarse el confinamiento decretado. Multas de entre 600 y 10 mil euros en líneas generales. Ahora la Justicia les está dando trámite o debe de hacerlo si no quiere que prescriban. Pero de esas propuestas de sanción muchas no están detalladas por lo que se están interponiendo muchos recursos.

Nos lo cuenta a COPE Antonio Benítez, abogado especialista en Derecho Administrativo: "Estas multas son bastante cuestionables y tienen visos de ser anuladas en los tribunales de justicia. Partimos de que todas estas conductas objeto de sanción no fueron establecidas de forma clara y explícita por parte del Real Decreto que declaró el Estado de Alarma. Se hicieron de una forma absolutamente genérica. Sin embargo, para poder sancionar esa conducta infractora tiene que quedar perfectamente reflejado en una ley y no ha sido el caso. Las normas sobre las que se sustenta el Estado de Alarma realmente no especificó el tipo de conducta infractora que sería objeto de sanción. No determinó la cuantía de esas sanciones sino que lo dejó relegado al resto de leyes del ordenamiento jurídico pero no existe una concreción ni un desarrollo normativo específico".

Este letrado asegura que tampoco quedó claro quién debía sancionar. 'Si el Estado, si las CCAA o si los ayuntamientos. No se determinó el órgano competente para dictar ese tipo de sanción'. Benítez pone el foco en aquellas multas puestas sin un apercebimiento anterior algo en lo que coincide también en COPE María José Rovira, abogada experta en Derecho Administrativo. 'La policía antes de dictar la multa debía dictar un apercebimiento y solo cuando el ciudadano desobedecía se le podía multar. Hay muchos agentes que multaban sin ese paso previo'.

Rovira coincide con Benítez en que no hay un fundamento jurídico claro y cree que cada multa será objeto de estudio particular. 'Va a depender todo de la casuística pero van a ser al final los tribunales los que decidan. No va a ser una solución magistral y va a depender de cada caso. Ellos dirimirán quien tiene la razón. Dependerá de unas determinadas condiciones de cada caso particular. Los fundamentos de todas las multas hay que verlos con lupa y en muchos casos existían razones por parte de los ciudadanos para no cumplir esas medidas restrictivas'.

¿Cómo se han tramitado estas multas y cómo se pueden recurrir?

La tramitación corresponde a las distintas Delegaciones del Gobierno. De ahí deciden el importe definitivo y se las notifican a los infractores. Muchos de ellos pensaron que esas multas 'se habían olvidado' porque no les llegaban. Al final si lo hicieron o se están haciendo incluso ahora. Benítez asegura que 'las subdelegaciones de Gobierno hoy por hoy no tienen recursos humanos y materiales para atender a todas las multas que se interpusieron en ese momento'. En cuanto se reciben si se pagan inmediatamente se hará un descuento del 50% -como en las multas habituales de tráfico- o se opta por recurrir. Si se decide por esta última opción se abre un plazo de 15 ó 20 días para presentar las alegaciones correspondientes.

A partir de ahí será un juez el que dicte sentencia. Benítez recomienda en COPE pagar en cualquier caso y si se considera ya recurrir. 'Hay que pagarla sin perjuicio de que después se recurra. Si los tribunales dan la razón al recurrente se anularía esa sanción y se devolvería el importe ya satisfecho'. Rovira, por su parte, nos dice que hay algunas que se ven claramente que se pueden ganar pero otras no. 'Todas las que son participaciones en festejos, muchas de ellas de jóvenes, fueron un poco descerebrados. A algunos agentes se les ha llegado a intimidar, se les ha menospreciado... hay una línea roja'.

La pregunta que muchos nos hacemos ahora es... ¿qué puede ocurrir entonces con las multas que se están poniendo por fumar sin distancias o por no llevar la mascarilla puesta? ¿hay tanto lío como las sanciones durante el Estado de Alarma? La respuesta es No. Para Rovira 'en ese momento el Real Decreto no estableció un régimen sancionador y se interpusieron con la Ley de Seguridad Ciudadana y la Ley de Salud Pública. Ahora todas las multas que se están interponiendo ya son de acuerdo con la Ley de Salud Pública pero de acuerdo a un régimen disciplinario determinado y ya siguen un procedimiento. Está muy definido y en aquel momento no'.