La Fiscalía pide anular un permiso concedido a Junqueras, Turull y Romeva
La Fiscalía ya pidió al juez de vigilancia penitenciaria que no avalara estos permisos ordinarios
Publicado el - Actualizado
3 min lectura
La Fiscalía ha recurrido ante la Audiencia de Barcelona para que anule el permiso ordinario de salida de prisión que autorizó el juzgado de vigilancia penitenciaria para el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull y Raül Romeva después de que perdieran el tercer grado.
Según fuentes judiciales, la Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona ha interpuesto este viernes un recurso de apelación ante la sección 21 de la Audiencia de Barcelona contra los permisos que el juez de vigilancia penitenciaria autorizó para Junqueras, Romeva y Turull.
La Fiscalía, que ya pidió al juez de vigilancia penitenciaria que no avalara estos permisos ordinarios, argumenta ahora en sus recursos ante la Audiencia, para que queden sin efecto, el escaso tiempo de cumplimiento de su condena, la falta de reconocimiento de los hechos y la no realización de programas específicos de tratamiento.
El juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Barcelona autorizó el pasado 19 de abril los permisos ordinarios de salida que solicitaron Junqueras, Turull y Romeva, después de que se les revocara el tercer grado, al considerar que suponía un "estímulo" para que sigan con su "adecuada trayectoria penitenciaria".
De esta forma, el juez avaló el permiso de salida ordinario, que ya contaba con el visto bueno de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners (Barcelona), donde cumplen condena por el 'procés', y al que se opuso la Fiscalía.
Según sostuvo el magistrado, los tres cuentan con los requisitos legales y reglamentarios mínimos para la concesión del permiso de salida, puesto que están clasificados en segundo grado, ya han cumplido un cuarto de la condena y no les consta ningún expediente disciplinario por mala conducta.
Por eso, consideró en los tres casos que "el interno se encuentra en condiciones de gestionar de forma adecuada el permiso de salida" y es "merecedor de que se le otorgue la confianza a fin de que pueda hacer un buen uso del permiso y que éste pueda incidir positivamente en el mismo, sirviéndole como estímulo para seguir con una adecuada trayectoria penitenciaria y preparándole para su puesta en libertad".
El juez rechazó así uno de los argumentos esgrimidos por el fiscal, que se opuso a la concesión del permiso tanto por la gravedad del delito por el que fueron condenados como por la duración de la pena, ya que entendía que la salida "no servirá al fin propio de prepararle (al interno) para la futura vida en libertad del que aún queda un largo tiempo".
"La concesión de permisos penitenciarios excesivamente anticipados hacen ilusoria la finalidad de prevención especial o retributiva que la pena cumple", advirtió en su escrito el ministerio público, un parecer que no compartió el magistrado, para quien las salidas están previstas, precisamente, para alcanzar "esa progresiva reeducación y rehabilitación social del penado".
El juez subrayó además que la normativa penitenciaria no establece excepciones en función del delito o la duración de la pena siempre y cuando la junta de tratamiento haya informado favorablemente y recordó que Junqueras, Turull y Romeva ya realizaron salidas del centro penitenciario cuando estuvieron en tercer grado y cuando se les aplicó el artículo 100.2 sin "incidencias negativas".
Junqueras, Turull y Romeva, así como los Jordis, los exconsellers Josep Rull y Dolors Bassa y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell están de nuevo en prisión después de que se les suprimiera, a raíz de recursos de Fiscalía, el régimen de semilibertad que les había concedido la Generalitat.
En el caso de los hombres, vuelven a estar encerrados desde inicios de marzo, mientras que las mujeres regresaron a la cárcel a principios de este mes de abril, de forma que todos ellos pueden ahora disfrutar de sólo 36 días de permiso al año y de salidas entre semana para trabajar o hacer voluntariado en virtud del artículo 100.2, en caso de que se les conceda.