¿Qué se puede hacer y qué no durante el toque de queda?

El Real Decreto permite salir a la calle para trabajar, asistir a una persona mayor, dependiente o menor que esté a su cargo, o cualquier otra necesidad de fuerza mayor

¿Qué se puede hacer y qué no durante el toque de queda?

Juan Baño

Publicado el - Actualizado

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No existe el salvoconducto único que permita superar con garantías cualquier control policial durante el toque de queda. “El ciudadano tiene que colaborar y usar su sentido común”, afirma el Comisario de la policia municipal de Madrid, José Luis Morcillo. Además los agentes, “están ahi para infomar, tambien para orientar”.

En última instancia, y ante la evidencia de que alguien esté quebrantando la norma, se procederá a proponerle para sanción. En cualquier caso, es importante tener una mínima noción de qué se puede y qué no se puede hacer durante las horas de toque de queda.

El Real Decreto permite salir a la calle para trabajar, asistir a una persona mayor, dependiente o menor que esté a su cargo, o cualquier otra necesidad de fuerza mayor como la compra de un medicamento urgente, el traslado a un centro sanitario. Por el contrario, no se podrá alegar que se está paseando el perro o echando un cigarro en plena calle a partir del toque de queda.

Se debe aportar documentación que acredite lo que dice estar haciendo, un salvoconducto de trabajo, un informe médico, una receta.

En estos primeros días, aclaran los agentes, se vuelve a imponer el planteamiento informativo.

Entre las actividades permitidas hay algunas no recogidas de forma expresa por el texto legal del Gobierno (“Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada”). Es ahí donde entra en juego de forma muy especial la valoracion subjetiva del Policía. “Es evidente -dice Morcillo- que si vienes de ver a tu madre porque ha sufrido una subida de tensión a media noche, nadie te va a sancionar. Hay testimonios y circunstancias para que el agente valore correctamente una situación de ese tipo.

Lo mismo ocurre si sales a la vía pública a tirar la basura después del toque de queda: “Lo ideal es hacerlo antes, pero si es evidente que ese es el motivo de la salida, no te sancionan por ello” -dice el comisario Morcillo-. En Murcia es más excéptico el responsable, asegura que se trabaja en “la modificación de los horarios de recogida de los residuos para evitar esa circunstancia”, dice el concejal de la capital Eduardo martinez Oliva. En cualquier caso, concluye el murciano, "será tan amplia la causística que habrá que recurrir una y otra vez a la interpretacion. La picaresca, por desgracia, ira por delante de la propia normativa". El factor humano, tambien el del Policía, es en estas cuestiones una variante de primer orden.

Lo que pretende la aplicación de esta norma es evitar que alguien pueda permanecer en la calle durante el período de confinamiento por causas absolutamente prohibidas (fiesta, botellones, celebraciones, ocio...). En caso de ser propuesto para sancion se aplicara la normativa sanitaria, con multas que oscilan por lo general entre 600 y 1500 euros, según el responsable de la Policía Municipal en Madrid. Eso si no incurre en delitos conexos como desobediencia ó desórdenes publicos, lo que puede disparar de manera imporatnte las consecuencias, incluso penales. Los agentes durante el toque de queda primaran las patrullas por ciudades y cascos urbanos. Eso al margen de los controles que si realizarán, especialmente en carreteras nacionales y vias interurbanas.