Aprobada una nueva autorización para servicios de temporada en Sa Mesquida, Maó, para 2024-2025

Europa Press

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La Dirección General de Costas y Litoral de la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua ha aprobado una nueva autorización para servicios de temporada en Sa Mesquida, Maó, para 2024-2025.

En una nota de prensa, la Conselleria ha informado que la Dirección General de Costas y Litoral ha aprobado una nueva autorización para la instalación de servicios de temporada en la zona de Sa Mesquida, ubicada en el término municipal de Maó, para los años 2024 y 2025.

Esta autorización incluye la instalación de una marina seca que permitirá el almacenamiento de hasta siete embarcaciones, cubriendo una superficie total de 244,15 metros cuadrados. La documentación presentada, que incluyó la solicitud y el proyecto técnico, fue evaluada positivamente con informes favorables del Ministerio para la Transición Ecológica y la Dirección General de Medio Natural.

Las condiciones establecidas aseguran la compatibilidad de la ocupación del dominio público marítimo-terrestre con la preservación del entorno natural y el uso público del litoral. Se prohíbe la construcción de obras permanentes dentro de esta área, y todas las instalaciones deberán ser completamente desmontables.

Las condiciones de la autorización incluyen varios aspectos importantes, como la compatibilidad ambiental --las instalaciones deben ser completamente desmontables y no se permitirá la construcción de obras fijas. Se asegura que la ocupación sea compatible con la preservación del entorno natural y el uso público del litoral--; el periodo de autorización --la autorización es válida por dos años, hasta el 31 de diciembre de 2025. Las instalaciones deberán desmantelarse al final de cada temporada, antes del 30 de noviembre, y permanecer así al menos un mes cada año--; y, en relación a los establecimientos de comida y bebida se determina que estos no podrán exceder los 70 metros cuadrados, con un máximo de 20 destinados a áreas cerradas, además, en tramos de playas naturales, la distancia mínima entre estos establecimientos será de 300 metros, mientras que en playas urbanas será de 100 metros.

Otros aspectos importantes incluidos en las condiciones de la autorización son que, en lo relativo a las instalaciones de playa, estas edificaciones de servicio se situarán preferentemente fuera de la playa y, si no es posible, se colocarán adosadas al límite interior de la misma; con respecto a los puntos de atraque y fondeo, se establece que los puntos de atraque podrán ser utilizados por embarcaciones autorizadas y en casos de emergencia, además el fondeo de embarcaciones deberá realizarse de manera que no obstaculice el tránsito, utilizando múltiples anclajes si es necesario; y, finalmente, sobre materiales y diseño, se ha determinado que las instalaciones deben armonizar con el entorno, utilizándose para ello materiales adecuados, de buena calidad y con un diseño estético.

Con esta autorización, la Dirección General de Costas y Litoral reafirma su compromiso con una gestión sostenible y ordenada del litoral, garantizando tanto el uso público como la protección del dominio público marítimo-terrestre en Baleares. Esta resolución, ha concluido la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua, subraya la importancia de una planificación cuidadosa y una evaluación rigurosa para equilibrar el desarrollo de servicios de temporada con la conservación del medio ambiente y la accesibilidad pública.

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