¿Qué dice la ley sobre la petición de Santos Cerdán al Supremo de que su declaración sea pública para todos los medios?
El exnúmero tres de Pedro Sánchez ha solicitado al juez del caso Koldo que su declaración en el Supremo se emita en directo a todos los medios. Ahora bien, ¿es esto posible?

El ex secretario de organización del PSOE, Santos Cerdán.
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El ya exnúmero tres de Pedro Sánchez, Santos Cerdán, ha solicitado al juez del caso Koldo que "tiene intención de aportar toda la disposición relativa a su situación patrimonial". Cerdán está citado a declarar en el Tribunal Supremo el próximo lunes en calidad de imputado.
Si bien es cierto que Cerdán muestra una voluntad para aportar toda la información requerida, también ha solicitado al juez Leopoldo Puente que el próximo 30 de junio, la sala disponga de los medios técnicos necesarios "para que los medios de comunicación y/o el público general puedan seguirlo en directo".
¿Es posible que la declaración de cerdán se emita en abierto a todos los medios?
Pese a la petición del exsecretario del Organización del PSOE, es poco probable que esta petición sea aceptada en el Tribunal Supremo. En España, las declaraciones en fase de instrucción de un proceso penal están limitadas y controladas de forma legal y ética, ya que el principal objetivo es mantener la presunción de inocencia y el adecuado desarrollo del proceso judicial. Es decir, estas declaraciones tienen carácter reservado por ley.
En este caso, en el caso de la declaración de Santos Cerdán, es improbable que pueda aceptarse esa petición por el mero hecho de que ya se han filtrado audios, transcripciones y todo tipo de materiales a los medios de comunicación. Por ende, ese derecho a la presunción de inocencia ya se ha vulnerado y se ha generado "un juicio paralelo", pese a que esta última premisa era la que quería evitar Benet Salellas, el abogado de Cerdán.

Santos Cerdán en la sede del PSOE
Pese a todo, la jurisprudencia y la normativa mantienen que este tipo de declaraciones no se retransmiten hasta que haya una vista oral, habitualmente en la fase de juicio, tal y como recoge la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Por lo tanto, y salvo que el Tribunal Supremo y el juez del caso decidan flexibilizar ese régimen de reserva, lo cual ya de por sí sería una novedad, es poco probable que acepte la petición del exnúmero tres del PSOE y mantenga, por lo tanto, la reserva de instrucción, como ocurre habitualmente en casos como estos.