Forn y Bassa podrán salir de prisión entre tres y cinco días semanales para trabajar y cuidar a familiares
Las cárceles donde los exconsellers de Interior y Trabajo cumplen condena han decidido aplicarles el artículo 100.2 del reglamento penitenciario
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Los exconsellers de Interior y de Trabajo de la Generalitat de Cataluña, Joaquim Forn y Dolors Bassa, podrán salir de la cárcel para ir a trabajar y cuidar de familiares, una vez que los centros penitenciarios donde cumplen condena por el "procés" han acordado aplicarles el artículo 100.2 del reglamento de prisiones.
Según ha informado la conselleria de Justicia, en el caso de Forn, condenado a diez años y medio por sedición, la Junta de Tratamiento de la cárcel barcelonesa de Lledoners ha acordado permitir que salga cinco días a la semana, de lunes a viernes, doce horas y media cada jornada, para ir a trabajar.
Por su parte, la Junta de Tratamiento de Puig de les Basses, en Girona, ha autorizado que Bassa, que cumple una condena de doce años, salga de prisión tres días a la semana, ocho horas cada jornada, para ir a cuidar de un familiar de edad avanzada.
De esta forma, Forn y Bassa son los primeros exconsellers del Govern de Carles Puigdemont condenados por el procés a los que se aplica el artículo 100.2 del reglamento penitenciario para que puedan salir de la cárcel para trabajar o ejercer de voluntariado, medida que ya se ha aprobado también para el exlíder de la ANC Jordi Sànchez, el de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell.
Son las Junta de Tratamiento de cada cárcel, integradas por técnicos y funcionarios, las que acuerdan la aplicación de este artículo, el 100.2, que permite flexibilizar el segundo grado penitenciario y que es de aplicación inmediata, si bien requiere del aval "a posteriori" de la justicia, sin que en este proceso intervenga la Generalitat.
Una vez la junta de tratamiento valida la petición del interno para que se le flexibilice su estancia en prisión, el artículo 100.2 puede de ser de aplicación inmediata, de forma que si la Fiscalía lo recurriera, se mantendría igualmente vigente hasta que el juez de vigilancia penitenciaria resuelva si lo avala.
La Fiscalía no se ha pronunciado hasta el momento sobre la aplicación del artículo 100.2 a los Jordis y a Carme Forcadell, si bien se ha opuesto a un permiso de 72 horas que solicitaron Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y que les concedió la cárcel de Lledoners antes de que se les permitiera salir de prisión para ir a trabajar y ejercer de voluntarios.
En el caso del permiso de 72 horas concedido a Cuixart, la juez de vigilancia penitenciaria resolvió en contra del criterio de la Fiscalía y lo avaló, al considerar que no es necesario que el preso haya mostrado arrepentimiento y que ha mostrado una buena conducta en la cárcel.
Hasta el momento, la cárcel de Lledoners -donde permanecen ingresados los siete presos hombres condenados por sedición en el juicio a la cúpula del procés- ya ha aplicado el artículo 100.2 del reglamento penitenciario a Jordi Cuixart -que precisamente esta mañana ha salido por primera vez de prisión para ir a trabajar-, a Jordi Sànchez y a Joaquim Forn.
Al igual que ha ocurrido hoy con Bassa, que cumple condena en la prisión gerundense de Puig de les Basses, la junta de tratamiento de la cárcel tarraconense de Mas d'Enric también acordó ayer aplicar el artículo 100.2 a Carme Forcadell para llevar a cabo labores de voluntariado y cuidar a un familiar de edad avanzada.
La consellera de Justicia, Ester Capella, ha asegurado hoy que ve "previsible" que los nueve presos del procés puedan salir de prisión para ir a trabajar o para labores de voluntariado, en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, y no ha descartado que a alguno de ellos se le conceda el tercer grado cuando se revise antes de junio su actual clasificación.