El Govern concede el tercer grado a Oriol Pujol tras sólo dos meses en prisión

La clasificación en tercer grado supone que el interno puede salir de día a trabajar, formarse o seguir algún tratamiento para su reinserción

El Govern concede el tercer grado a Oriol Pujol tras sólo dos meses en prisión

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

La Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima de la Generalitat ha concedido el tercer grado inicial al exdiputado de CiU en el Parlament Oriol Pujol, condenado a dos años y medio de cárcel por el caso ITV y en prisión desde el 17 de enero.

Según han informado fuentes de la Conselleria de Justicia, que dirige Ester Capella, la Secretaría ha ratificado la propuesta de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Brians 2, en Sant Esteve Sesrovires (Barcelona), y el tercer grado será efectivo a partir de la próxima reunión de la Junta, que celebra un encuentro ordinario todos los jueves.

Pujol, condenado por delitos de tráfico de influencias, delito continuado de cohecho y falsedad en documento mercantil, será trasladado en las próximas semanas a un centro de régimen abierto, donde deberá ir a dormir entre semana, y durante la jornada saldrá para ir a trabajar, y podrá pasar los fines de semana en su casa.

El exdiputado convergente lleva desde el 17 de enero en la cárcel de Brians 2, en concreto en el módulo 7, y previsiblemente será trasladado, al ser de Barcelona, al módulo de régimen abierto de Brians 1 o a los centros abiertos de Barcelona: Trinitat y sección abierta de Wad Ras.

Ahora la Fiscalía, que abogó desde el principio por que Pujol entrara en prisión para cumplir los dos años y medio y no se le sustituyera la pena por trabajos en beneficio de la comunidad, puede presentar recurso a la decisión, que dependerá de un juez de vigilancia penitenciaria.

En caso de que se revocara el tercer grado, la decisión de dicho juez puede tener efectos suspensivos de manera inmediata pese a que el preso recurriera ante la Audiencia de Barcelona, o no tenerlos hasta que se resuelva dicho recurso.

RÉGIMEN PENITENCIARIO

La clasificación en tercer grado supone que el interno puede salir de día a trabajar, formarse o seguir algún tratamiento para su reinserción, y debe regresar entre semana a dormir al centro abierto, pasando como mínimo 8 horas, mientras que los fines de semana puede estar en su casa.

Para obtener el tercer grado se tiene en cuenta la longitud de la pena, el riesgo de reincidencia y quebrantamiento de condena, las características personales y sociales del penado, si es su primer ingreso, el apoyo familiar, si tiene trabajo, la conducta dentro del centro y su participación y compromiso en el programa individual de tratamiento.

Según cifras de la Conselleria de Justicia, el año pasado, una de cada tres clasificaciones iniciales fueron de tercer grado: 799 sobre 2.635 y, en Catalunya, de las 8.484 personas que cumplen pena de prisión, el 26% son en tercer grado (1.640).

INGRESO EN PRISIÓN

La magistrada encargada de resolver la ejecución de la condena impuesta a Pujol por haber amañado adjudicaciones de estaciones de ITV acordó en un auto del 8 de enero denegar la petición de suspensión de la pena de prisión que solicitó la defensa y ordenar su ingreso en prisión.

Pujol defendió, en una vista convocada el 10 de diciembre en la Audiencia, sustituir su pena de dos años y medio de cárcel por una pena de trabajos en beneficio de la comunidad, y reiteró su arrepentimiento por los hechos --"Me he visto con ojos de este procedimiento y no me he gustado a mí mismo"--.

HECHOS "MUY GRAVES"

La Audiencia rechazó la petición argumentando que cometió hechos "muy graves" alegando que, en vez de prestar el servicio social inherente a sus cargos políticos --fue presidente del grupo parlamentario de CiU, secretario general adjunto y secretario general de CDC--, se aprovechó en beneficio propio.

"No actuó en interés del pueblo al que representaba (era diputado) sino en el suyo propio", y no fue de forma aislada sino que actuó desde su privilegiada posición política y actividad pública hasta el 2010 a 2012, percibiendo comisiones dinerarias a través de empresas regentadas por su esposa, afirma la Audiencia. El tribunal aseveró que su actuación "ha supuesto un ataque muy importante" al Estado de derecho, pues a su entender afecta a su propia esencia y provoca desconfianza en la ciudadanía hacia sus representantes.

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