La Junta Electoral retira el acta de eurodiputado a Oriol Junqueras

Lo había anunciado el presidente del Partido Popular, Pablo Casado, cuyo partido había presentado el recurso

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este viernes que el dirigente de ERC, Oriol Junquerasno puede ser eurodiputado por estar condenado "por sentencia firme a pena privativa de libertad".

En su escrito, este órgano recuerda que la Ley Orgánica Electoral (LOREG) dispone que "son inelegibles" los condenados a pena privativa de libertad "en el periodo que dure la pena".

En el caso de Junqueras, añade el texto, se da una causa de "inelegibilidad" por haber sido condenado por el Tribunal Supremo, el 14 de octubre de 2019, a trece años de prisión, lo que "determina su cese como diputado electo del Parlamento Europeo".

El presidente del PP, Pablo Casado, ya lo había anunciado a través de un tuit que la Junta Electoral Central había fallado en contra de que Oriol Junqueras pueda recoger el acta de eurodiputado.

"Otro recurso del PP a la Junta Electoral Central consigue que Junqueras no sea eurodiputado, y por tanto siga en la cárcel sin viajar a Bruselas, como pretendía el informe del Gobierno de Sánchez. A cada cesión a los separatistas responderemos con la firmeza del Estado de Derecho", afirma el líder popular.

El organismo declara la pérdida de condición de parlamentario europeo "con anulación de su mandato" y con efectos "desde la fecha de este acuerdo". Ahora corresponde a la propia JEC comunicar al Parlamento Europeo este acuerdo, contra el que cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

Herrera en COPE

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