¿Es legal cavar en una finca propia un pozo como en el que cayó Julen?

Nos preguntamos cuáles son las restricciones para realizar obras dentro de una finca de propiedad particular

¿Es legal cavar en una finca propia un pozo como en el que cayó Julen?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El pasado fin de semana España se levantó con la triste noticia del descubrimiento del cuerpo del pequeño Julen que había caído el pasado 13 de enero a un pozo de Totalán. Han pasado varios días y ahora se suceden las investigaciones para descubrir cómo se produjo esa caída y quién tenía la responsabilidad de sellar el pozo. Será el Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga quien tendrá que determinar si existe alguna irregularidad en la actuación del pocero y de la persona que hizo el movimiento de tierra. 

Pero, antes de nada, ¿es legal construir un pozo en una finca de tu propiedad? En el caso del pozo en el que cayó Julen, está en suelo no urbanizable común, lo que implica que, con los permisos correspondientes, hubiera podido hacerse la perforación de manera legal si se hubiese justificado el fin para el que se quería el sondeo. 

Según fuentes judiciales , cuando un terreno se encuentra en suelo no urbanizable común, se pueden realizar diversas actuaciones compatibles con uso agrícola, ganadero, industrial e incluso turístico, pero siempre que la obra tenga interés público, según recoge EFE. 

Al tratarse de un suelo rústico que no tiene ningún tipo de protección o afectación, ya que no es parque natural ni zona protegida, en la finca de Totalán se podría haber pedido permiso para excavar el pozo -algo que no se hizo- o realizar otra actuación, pero siempre con un informe vinculante favorable.

En este caso, se tendría que haber pedido autorización a la Dirección General de Minas, entidad competente para los permisos para prospecciones en busca de agua. 

Un segundo trámite se tendría que haber realizado en la Dirección General de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas en la Demarcación de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, organismo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente. 

El dueño del terreno, según las primeras pesquisas, no lo tramitó en ningún departamento del Gobierno autonómico, por lo que será el Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga el que tendrá que dirimir si tales hechos son constitutivos de algún tipo de reproche, de tipo penal o administrativo. 

Según las investigaciones, tanto el pozo como los movimientos de tierra se realizaron en diciembre, y todo apunta a que primero se hizo el pozo y luego se movió la tierra, aunque hay que esperar a los informes finales.

Entre las irregularidades que se están investigando está el hecho de que tanto el pocero como la persona que hizo los movimientos de tierra tendrían que haber pedido al dueño de la finca la licencia para tales actuaciones, lo que no les exime de responsabilidad.

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