La mujer que dejó morir a su bebé de 17 meses en Málaga, declarada culpable por un jurado

La Fiscalía ha solicitado que la mujer sea condenada a quince años de prisión por el asesinato y a un año de prisión por el abandono temporal de menor de edad

Ciudad de la Justicia de Málaga

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Un jurado popular ha declarado por unanimidad culpable de un delito de asesinato y otro de abandono temporal de menor de edad a la mujer que dejó morir a su bebé de 17 meses tras dejarla sola en el domicilio familiar durante un mes con un biberón y unas galletas.

La Fiscalía ha solicitado que la mujer sea condenada a quince años de prisión por el asesinato y a un año de prisión por el abandono temporal de menor de edad, y la defensa no se ha opuesto a esta petición de condena.

El jurado también ha sido unánime en que no deben concederse los beneficios de la suspensión de la pena privativa de libertad ni el indulto.

El abogado defensor de la mujer, José Luis Rodríguez, ha señalado a los periodistas que, "siguiendo la misma posición procesal" que han mantenido "desde el principio" y "visto el reconocimiento" de la procesada, ha aceptado la petición de pena de la Fiscalía.

Por tanto, ha añadido el letrado, "no cabe esperar sorpresa alguna", la mujer "será condenada a esas penas" y "le será de abono el tiempo que ha estado privada de libertad de forma preventiva, que han sido dos años".

El fiscal bajó de 21 a 16 años la petición de pena en sus conclusiones finales por la confesión del crimen, porque ha contribuido al esclarecimiento de los hechos y por el arrepentimiento.

Al quedar visto para veredicto el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Málaga, la procesada, en su derecho a la última palabra, afirmó: "lo siento mucho y me arrepiento mucho".

Durante la sesión comparecieron varios médicos forenses que afirmaron que la mujer no sufre ninguna patología psiquiátrica que afecte a su imputabilidad, aunque sí destacaron que tiene una personalidad inmadura y narcisista.

Estos profesionales señalaron que su personalidad está caracterizada por un destacado egocentrismo y que tiene dificultad para renunciar a sus propias satisfacciones, así como un significativo grado de impulsividad.

En el juicio también declararon tres testigos, dos amigas de la acusada y la expareja sentimental, que afirmaron que ella siempre decía que la bebé estaba al cuidado de otra persona por lo que no tenían contacto con la pequeña y nunca visitaron el domicilio de la misma.

La mujer quedó embarazada en su país, Marruecos, y se trasladó a España a finales de marzo de 2017 con su madre y hermanos mayores, que vivían en la localidad malagueña de Vélez-Málaga en una posición económica desahogada, y así poder ocultar por motivos culturales y sociales su estado al padre.

La joven dio a luz en dicho municipio el 4 de mayo de 2017 y se quedó a vivir en la casa de su hermana y su cuñado, que iban y venían de Marruecos, y durante ese tiempo ella tuvo servicio gratuito de guardería para que pudiera continuar sus estudios, que abandonó.

A finales del curso escolar 2017/18 la acusada decidió trasladar su residencia a Málaga y alquiló un apartamento con el dinero que le enviaba su familia.

En agosto de 2018 comenzó a trabajar de camarera y dejaba sola al bebé y, cuando terminaba, se iba a casa de una amiga o un amigo, dejándola sola toda la noche hasta la tarde del día siguiente.

Esta situación se mantuvo incluso cuando dejó de trabajar y en octubre del mismo año abandonó definitivamente el apartamento y dejó a su hija en el dormitorio, sobre la cama, con la puerta cerrada y la ventana con la persiana bajada, tan solo con un biberón y unas galletas.

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