¿Pueden manipular mi foto en redes sociales sin permiso?
Hace unos días, Vox colgaba un montaje de la Gran Vía madrileña llena de ataúdes que nos hacía reflexionar sobre el alcance de las imágenes en RRSS
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La formación liderada por Abascal colgaba en twitter una imagen de la icónica Gran Vía de la capital repleta de féretros. Esta imagen nos sirve para preguntarnos hasta dónde llega el alcance de una fotografía propia a través de redes sociales.
No obstante, un usuario que aseguraba ser el autor de esa instantánea pedía que Vox retirase de inmediato esa publicación.
“No pueden interpretar una obra a su gusto”, decía en ese mensaje. Y tiene razón. La fotografía siempre pertenece al autor, por más que circule en redes sociales. Así lo estipula el Real Decreto Legislativo 1/1996, del 12 de abril: “La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación”. Asimismo, será el propio autor el que decida si esa imagen puede ser “difundida”.
Supuestos en los que la Ley de Propiedad Intelectual autoriza la difusión de imágenes sin consentimiento
La Ley de Propiedad Intelectual presenta dos supuestos dónde se autoriza el uso de las imágenes sin que medie la autorización de la persona que, en este supuesto que planteamos, hace la fotografía.
-Con fines docentes o de investigación: Se permite siempre y cuando citemos la fuente y el nombre del autor de la instantánea.
-Parodia: Si la transformación de la obra no crea un “daño” a la obra original, y si cambia excesivamente.
Además, esta Ley hace una diferenciación entre obra fotográfica o de diseño y una fotografía. No es lo mismo, y la protección que presentan es muy distinta.
Una obra fotográfica llevan la personalidad del creador y están protegidas, ojo, hasta 60 años después del fallecimiento.
“Simple fotografía”: Hablamos de la captura de una imagen sin intención creativa alguna. En este caso, las instantáneas solo están protegidas durante un período de 25 años. Pero cuentan con un llamado “colchón legal”
Fotografías y redes sociales
Sin embargo, hay excepciones en todos los supuestos que os presentamos. En determinadas redes sociales cedemos nuestros derechos de imagen muchas veces sin ser conscientes de ello. Por ejemplo en Facebook, aceptamos unas condiciones de uso que si leemos concienzudamente vemos que el propio usuario está dando a la red sociales todos los permisos necesarios sobre las imágenes y vídeos que compartimos. En Instagram hay mayor regocijo legal, pues tú eres el dueño de tus fotos.
Sea como fuere, la persona que realiza una fotografía u obra que sea susceptible de compartirse en redes debe tener en cuenta la responsabilidad que ello conlleva. Como sucede con la fotografía de Vox… al tratarse de un partido político reconocido para el autor original ha sido fácil “localizar” esa manipulación y denunciarlo. Pero en otros casos no sucede así. Por este motivo, debemos ser conscientes de lo que supone trasladar nuestras imágenes a las redes sociales. Es relativamente imposible conocer el alcance de una fotografía pero si detectamos una manipulación en nuestra obra, la respuesta es que sí, podemos denunciarlo. Tienen siempre que consultarnos previamente.