¿Me podrían sancionar si he firmado una declaración responsable y llevo a mi hijo con fiebre la colegio?
Algunas comunidades ya han anunciado que solicitarán a los padres que firmen esta declaración, pero y ¿si les llevan enfermos? ¿serán sancionados?¿cómo?
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El curso escolar comienza en apenas unos dias cargado de dudas e incertidumbre. A pesar de que algunas comunidades como Madrid ya han presentado sus protocolos para proteger a docentes y alumnos, la evolución de la pandemia puede obligar a hacer cambios sobre la marcha que complicarían aún más la situación de muchas familias.
Uno de los asuntos que más preocupan es cómo actuar ante la presencia de un alumno con covid en el colegio. La ministra de Educación ha incidido en la detección precoz y comunidades y centros tratan de blindarse y actuar desde la prevención ante esta posibilidad. Por el momento algunas autonomías como Cataluña, Comunidad Valenciana o Cantabria ya han anunciado que solicitarán a las familias que firmen una declaración de responsabilidad por la que se comprometen a no llevar a sus hijos al colegio en caso de presentar fiebre o síntomas compatibles con la enfermedad. Esta será precisamente una de las cuestiones que se van a analizar en la reunión que van a mantener este jueves la ministra de Educación Isabel Celaá y el titular de Sanidad, Salvador Illa, con los consejeros de las comunidades autónomas, de cara al inicio del curso escolar.
¿ME PUEDEN SANCIONAR?
Entonce ¿qué pasaría si he firmado una declaración responsable y llevo a mi hijo con fiebre la colegio? Por el momento no hay norma al respecto, aclara en cope.es el Fiscal Javier González Gutiérrez. Y es que para que esta declaración fuera vinculante "tendría que ir anexada a la norma, que a su vez debería de ser publicada en el diario oficial de la comunidad autónoma explicando las consecuencias sancionadoras de incumplirla. Si el documento normativo no está bien y no está publicado, las responsabilidades entonces tampoco se pueden aplicar", aclara el Fiscal.
RESPONSABILIDAD CIVIL
En este sentido, el abogado José Gabriel Ortolá, señala en cope.es que la declaración responsable "tiene un contenido obligacional que se limita a su contenido" con lo que sin conocerlo "es difícil prever su alcance". Sin embargo recuerda que al margen de esta declaración, existe la “una responsabilidad civil genérica por acciones u omisiones que puedan causar un daño a una persona, -siempre que podamos apreciar una culpa o negligencia- y que los progenitores tenemos una responsabilidad sobre las acciones de nuestros hijos".
Ante la posibilidad de ser sancionado administrativamente en caso de que un hijo asistiera a clase enfermo y pese a la declaración responsable que pudieran haber firmado los padres, el letrado reconoce que en un primer lugar “debería de conocerse si esta norma establece un régimen sancionador”, que su opinión, “parece bastante improbable”. Recuerda que "las sanciones administrativas se pueden imponer si se demuestra que una persona es responsable de una falsedad o de un incumplimiento en la declaración vertida en el documento".
No obstante advierte de la difcultad de demostrar el haber llevado a un hijo enfermo al colegio "difícilmente podrá sancionarse porque es complicado acreditar que ha existido una intencionalidad culposa o negligente en los progenitores".
Por eso entiende que mediante la firma de la declaración se pretende “ hacernos partícipes de esa responsabilidad cívica de un modo formal".