El Supremo ordena a la Generalitat la demolición de dos grandes rascacielos en Benidorm

El Gobierno valenciano deberá pagar 100 millones de euros entre indemnizaciones y el derrumbe de las torres de Punta Llisera

El Supremo ordena a la Generalitat la demolición de dos grandes rascacielos en Benidorm

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite los recursos de la Generalitat y la empresa Terras de l'Horta, filial de Edificaciones Calpe, y ha agotado así la última vía judicial para evitar la demolición de Gemelos 28, dos torres de 22 alturas y 168 viviendas de lujo en primera línea de playa de Benidorm.

Además, según el auto de ejecución definitiva de la sentencia del TSJCV de 2012, el Consell dispone de un plazo de tres meses para presentar el proyecto de demolición de los dos edificios ante el propio tribunal valenciano.

Igualmente la Generalitat habrá de modificar los presupuestos del próximo ejercicio para consignar los cien millones de euros que costará el derribo y las indemnizaciones a los propietarios, que percibirán un 20 por ciento más de lo que pagaron por sus viviendas cuando fueron adquiridas.

Torres de Punta Llisera o Gemelos 28 en Benidorm

Alicante 04/11/2015 Torres de Punta Llisera o Gemelos 28 en Benidorms

Los dos inmuebles se encuentran ubicados en primera línea de la playa de Levante y los pisos salieron a la venta con precios que oscilaban entre los 400.000 y los 700.000 euros.

El auto del Tribunal Supremo del pasado 22 de noviembre, al que ha tenido acceso Efe, indica que la inadmisión del recurso se debe a la falta de justificación de que el propio auto recurrido hubiera resuelto «cuestiones no decididas directa o indirectamente en la sentencia que se ejecuta», la que dictó el TSJCV en 2012.

El problema de ambos rascacielos es que se encuentran fuera de ordenación desde que, en 2012, la justicia anuló la autorización otorgada por el Consell en 2005, entonces bajo gobierno del PP, por no ajustarse a la Ley de Costas. Esto fue así porque la parcela quedaba afectada por la servidumbre de tránsito y protección, área en la que están prohibidas las edificaciones para residencia o habitación.

Sin embargo, con la autorización en la mano, la empresa promotora inició la construcción de los inmuebles, cuyas viviendas ya estaban vendidas y habitadas en su mayoría cuando se dictó la sentencia del TSJCV de 2012.

La decisión del alto tribunal agota ahora la vía judicial puesto que no cabe ningún recurso más, lo que abocará al derribo de las dos torres una vez se haya redactado el proyecto de demolición.

La Generalitat ya ha adjudicado la redacción de dicho proyecto y la empresa que debe hacerlo ya ha solicitado al ayuntamiento de Benidorm una copia de los proyectos básico y de obra, necesarios para redactarlo.

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