El TSJC asume la causa contra la consejera Natalia Garriga por el 1-O

La causa se agrupará a la de los diputados Josep Maria Jové y Lluís Salvadó (ERC). Está procesada por un presunto delito de malversación y desobediencia grave

El TSJC asume la causa contra la consejera Natalia Garriga por el 1-O

Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha acordado asumir este jueves la causa penal contra la consejera de Cultura de la Generalidad, Natalia Garriga, por los preparativos del 1-O.

En el auto, el tribunal ha desestimado la petición de archivo de la causa e incluye las pesquisas, hasta ahora llevadas a cabo por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona. La Sala también ha decidido agrupar su causa a la de los diputados de ERC en el Parlament Josep Maria Jové y Lluís Salvadó.

Garriga fue detenida junto a otros altos cargos del Govern durante la operación de entrada y registro del 20 de septiembre del 2017 en la consejería de Economía y Finanzas de la Generalidad, y está procesada por un presunto delito de malversación y desobediencia grave.

Cuando accedió al puesto de consejera de Cultura, su abogada pidió que la causa contra ella se acumulara al sumario que el TSJC tiene abierto contra otros diputados relacionados con el 1-O. Fue entonces cuando el TSJC denegó la petición para que la Audiencia de Barcelona no la juzgara, al considerar que "carecía de legitimación procesal", y abrió diligencias para que la sala de admisiones estudiara la documentación y decidiera si asumía la investigación.

En la documentación, el juez de Instrucción y la Audiencia Provincial parten en sus respectivas resoluciones de la "existencia de indicios racionales que relacionan a la Sra. Garriga con los hechos relatados".

"El procesamiento decidido por los órganos de la jurisdicción ordinaria propone una calificación provisional de aquellos mismos hechos indiciarios que, aunque no resulte vinculante, nos impide ahora descartar las apariencias de criminalidad propuestas por las acusaciones en sus escritos de alegaciones", han añadido.

Han concluido que no pueden realizar un sobreseimiento de la causa, ahora en juicio de admisión, porque supondría "un examen contradictorio del que ya han realizado y superado los órganos de la jurisdicción ordinaria".

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