El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio tras el estado de alarma con multas de hasta 100 euros

Según el borrador de un Real Decreto que el Ejecutivo aprobará el martes, el Gobierno se compromete a garantizar la disponibilidad de material sanitario a las comunidades autónomas

El uso de mascarilla seguirá siendo obligatorio tras el estado de alarma con multas de hasta 100 euros

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Las mascarillas seguirán siendo obligatorias una vez finalizado el estado de alarma, según contempla el borrador del real decreto que tiene previsto aprobar el Gobierno el próximo martes, y que incluirá sanciones de hasta cien euros para quien no cumpla esta obligación de llevar mascarilla en espacios cerrados.

El texto del borrador regula la obligación del uso de mascarillas para personas de 6 años en adelante "en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento" de una distancia física de seguridad de entre metro y medio y dos metros.

Será obligatoria también en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

A lo que se añade que en el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.

No se exigirá el uso de mascarilla a las personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que agravarse por su utilización, ni a las que tengan alguna situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela o hagan inviable su utilización.

El Gobierno garantizará la disponibilidad de material sanitario

El borrador también declara la COVID-19 enfermedad de declaración obligatoria urgente, es decir, que habrá que "facilitar a la aturoridad de salud pública competente todos los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica" del virus que se requieran, "en el formato adecuado y en el tiempo oportuno, incluidos, en su caso, los datos necesarios para identificar a la persona".

Una obligación que afectará a todas las administraciones públicas y a todos los centros públicos o privados que dependan de ellas y su actividad "tenga implicaciones en la identificación, diagnóstico, seguimiento o manejo de los casos COVID-19", especialmente todos los servicios servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, así como a los profesionales sanitarios que trabajan en ellos.

Para ello, el Real Decreto establece también que el Gobierno central va a garantizar la fabricación y puesta a disposición de mascarillas quirúrgicas, batas quirúrgicas, soluciones y geles hidroalcohólicos para la desinfección de manos y antisépticos de piel sana a un ritmo adecuado para atender el considerable volumen de demanda existente.

Los servicios de salud de las comunidades autónomas tendrán que garantizar, asimismo, en todos los niveles de la asistencia y, en especial, en la atención primaria, que "a todo caso sospechoso de COVID-19 se le realizará una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas".

Las unidades de salud pública de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla también deberán comunicar al Ministerio de Sanidad la información de casos y brotes, según los protocolos aprobados en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que serán de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional.

El borrador del Real Decreto establece, además, que el sistema sanitario deberá garantizar la capacidad para responder ante incrementos de la transmisión y el consiguiente aumento en el número de casos.

"Para ello debe disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 1,5 y 2 camas de Cuidados Intensivos por cada 10.000 habitantes, y de entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes", añade.

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