El Constitucional es competente
El Tribunal Constitucional tiene como tarea que la Constitución rija efectivamente como última norma jurídica por encima de la actividad legislativa del parlamento
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal Constitucional, en nuestro ordenamiento, tiene como tarea que la Constitución rija efectivamente como última norma jurídica por encima de la actividad legislativa del parlamento. De igual modo, entre sus misiones está la de asegurar y mantener el equilibrio de los poderes del Estado. No hay nada, pues, de extraño, en que el Tribunal de Garantías limite la actividad del Congreso y del Senado. De hecho, atribuir a las cámaras legislativas la última competencia en materia de legislación supone ir contra uno de los fundamentos de nuestra democracia.
La modificación del sistema de renovación de los magistrados del Tribunal Constitucional que está a punto de consumarse a través de algunas enmiendas es, muy probablemente, contraria a nuestra Carta Magna. La Constitución determina que la renovación será de cuatro magistrados cada tres años. Y ahora se pretende que sea de dos en dos. También seguramente es contrario a la Constitución la supresión de la mayoría reforzada para elegir a los magistrados y el modo de comprobar si los candidatos son idóneos.
En circunstancias normales, la constitucionalidad de este cambio sería verificada una vez que la ley fuera definitivamente aprobada. El PP ha querido detener esa tramitación utilizando una fórmula excepcional que ya se utilizó para parar la declaración de independencia por parte del Parlament de Cataluña, denunciando el procedimiento mediante un recurso de amparo. Ahora el Tribunal Constitucional debe decidir si el recurso es pertinente. Y desde luego, tiene plena competencia para ello.