Guía sobre el futuro de Madrid Central: ¿Puedo reclamar las multas o circular libremente por sus calles?

Descubre las principales claves para poder circular por el centro de la capital después de la sentencia del Tribunal Supremo

Guía sobre el futuro de Madrid Central: ¿Puedo reclamar las multas o circular libremente por sus calles?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

El Tribunal Supremo ha ratificado este martes la sentencia que elevó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que anula los efectos de las medidas de prohibición relativas a la circulación por Madrid Central. En este sentido, acorde a la sentencia, la norma "se asienta en una insuficiencia o déficit de la memoria económica, con vulneración del artículo 7.3 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera". En definitiva, el tribunal ha detectado un "defecto de forma".

Por lo tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Supremo dan luz verde a la denuncia que el grupo local del Partido Popular en el Ayuntamiento de Madrid inició en el año 2018, entonces liderado por José Luis Martínez-Almeida desde la oposición.

A este recurso se sumaron también otros dos, presentados por la Comunidad de Madrid y DVuelta Asistencia Legal. En este sentido, los interesados comprendían que Madrid Central carecía de 'memoria económica', y que su implantación no es válida porque no había pasado por "el trámite de información pública". En definitiva, el tribunal se ha pronunciado solo respecto a la denuncia presentada por el grupo popular en el Ayuntamiento de Madrid. En la actualidad, Madrid Central queda sin efecto, pero todavía hay muchas dudas entre los miles de conductores que circulan cada día por sus calles.

¿Puedo circular por Madrid Central?

No, salvo los supuestos que están permitidos. El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida ha señalado que "hasta que no sea firme la sentencia no se puede circular por la zona perimetrada como Madrid Central. Por lo tanto si su coche no es uno de los autorizados recibirá la pertinente sanción de 90 euros.

¿Qué coches estaban autorizados para circular por Madrid Central?

Está permitido que circulen los vehículos de las personas empadronadas dentro de Madrid Central, los de la etiqueta ambiental Cero emisiones, los de la etiqueta ambiental Eco. Los que tienen B o C pueden aparcar en un parking público, salvo vehículos de invitados autorizados por los residentes, servicios especiales y también profesionales.

¿Puedo aparcar en la zona SER de Madrid Central?

Por ahora sí, aunque aconsejan esperar a que salga la ratificación del auto.

¿Podría entrar en Madrid Central con mi coche viejo?

En teoría sí, aunque todavía falta que el auto conocido este martes sea ratificado, por lo tanto, se ha puesto en marcha el contador de dos meses. Es por ello que la AEA (Automovilistas Europeos Asociados) piden al Ayuntamiento que acelere los plazos de la nueva normativa para aclarar todos los puntos a los conductores afectados.

¿Cuándo entra en vigor la sentencia del Supremo y del TSJ?

Todavía no se conoce una fecha exacta, pero fuentes cercanas al Ayuntamiento de Madrid señalan que el consistorio tiene un plazo de dos meses para aplicar la sentencia. En este sentido siguen defendiendo que una cosa es la sentencia y otra la ejecución, aunque el TSJ puede determinar que este plazo sea inferior a dos meses.

¿Me devolverían el dinero de las multas si el TSJ tumba Madrid Central?

En un principio no. Desde el Ayuntamiento defienden que las sanciones quedan firmes una vez que el infractor tiene conocimiento de ellas y círculo por una zona no permitida, a pesar de que ahora se estime lo contrario. Pero en este punto es importante destacar que una vez las cámaras de Madrid Central dejen de funcionar, las denuncias que no hayan sido notificadas no serán tramitadas. Por lo tanto, el Ayuntamiento tiene que anular lo antes posible las multas que están pendientes de cobro. Algunas organizaciones como DVuelta se han mostrado contrarias a que el dinero de las multas cobradas no se reintegre.

¿Puedo reclamar las denuncias y cuál es el plazo?

Tiene todo el derecho de reclamar las sanciones, siempre dentro de un plazo inferior al año desde el momento en el que es notificado.

¿Cuántas denuncia se han puesto en Madrid Central desde su entrada en vigor?

El Ayuntamiento de Madrid ha puesto un total de 1.300.000 multas, cuya traducción económica supone un importe de 117 millones de euros.

¿Cuál será el futuro de esta zona una vez que Madrid Central desaparezca?

La realidad es que nunca más se podrá acceder al centro de Madrid sin restricciones. El Ayuntamiento se encuentra trabajando en un plan alternativo para buscar soluciones, aunque se centran en dos escenarios. El primero es que Madrid Central desaparezca a mediados del mes de julio, para ello se acelerará la nueva ordenanza de Movilidad Sostenible. El otro escenario es que el TSJ tumbe Madrid Central antes de que el Ayuntamiento de Madrid saque su nueva ordenanza, lo que provocaría un pequeño revés para el consistorio porque no esperan tener esta medida aprobada hasta bien entrado el mes de junio.

¿Cuáles son las claves de esta nueva ordenanza del Ayuntamiento de Madrid?

Esta nueva medida tiene tres pilares fundamentales. Por un lado, se establecerá un sistema SER de alta rotación. Es decir, que los vehículos podrán estacionar en la vía pública por un tiempo muy limitado. Por otro lado, se centra en equiparar a los comerciantes con los residentes, con la finalidad de que puedan desarrollar plenamente su actividad.

¿Habrá nuevas restricciones de movilidad tras Madrid Central?

Existe un calendario que quiere ir suprimiendo de forma transitoria la circulación dentro de Madrid. A partir del 1 de enero de 2022, quedará prohibido el acceso y la circulación dentro de la M-30 a todos los vehículos A de los no residentes. Después, a comienzos del año 2023, se incluirá la no circulación de estos vehículos también por la M-30. En 2024 ningún vehículo A de fuera de Madrid podrá circular por el término municipal de Madrid y en el año 2025 ningún vehículo A, sea de Madrid o no, podrá circular por la ciudad.