¿Cuántos días va a durar el estado de alarma en Madrid?
El Gobierno tendrá que acudir al Congreso y obtener el voto favorable de la Cámara si quiere prorrogarlo
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Gobierno de Pedro Sánchez ha ordenado decretar el estado de alarma en Madrid después de que el TSJM tumbara, en un duro varapalo judicial, las medidas que el Ministerio de Sanidad había impuesto para confinar la capital y otros nueve municipios de la Comunidad. Es la segunda vez en lo que va de año que el Gobierno decreta el estado de alarma, aunque el decretado el pasado 14 de marzo fue muy diferente al actual ya que atañaba a todo el territorio español e implicaba el confinamiento en casa de los ciudadanos.
Pero, ¿cuánto puede durar este estado de alarma? ¿Se puede prorrogar? ¿Quién lo decide? ¿Por qué se puede decretar solo en algunos municipios y no en todo el país? En COPE.es te damos las respuestas con la ayuda de Carlos Vidal, catedrático de Derecho Constitucional.
¿QUÉ ES EL ESTADO DE ALARMA?
Según el artículo 116 de la Constitución, “el estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo”.
¿POR QUÉ PUEDE AFECTAR SÓLO A MUNICIPIOS CONCRETOS?
La Constitución establece que el decreto del estado de alarma determina "el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración", por lo que puede establecerse un criterio selectivo a la hora de determinar las zonas a las que afecta. Además, el artículo cuarto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, precisa que el Gobierno “podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional”.
¿HASTA CUÁNDO PUEDE DURAR EL ESTADO DE ALARMA?
Como ya hemos visto, el artículo 116 de la Constitución recoge que será declarado por un plazo máximo de 15 días. Una vez acabe este plazo, el Gobierno debe acudir al Congreso para solicitar una prórroga de ese estado de alarma y debe contar con el apoyo mayoritario de la Cámara. En esa petición, el Gobierno debe detallar qué medidas incluye la prórroga y la duración de las mismas. El Congreso tiene la facultad de poder cambiar lo que el Gobierno proponga.
¿QUIÉN ES LA AUTORIDAD?
El artículo séptimo de Ley Orgánica 4/1981 establece que " los efectos del estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de este, el presidente de la comunidad autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una comunidad”. Es decir, que Isabel Díaz Ayuso podría haber ejercido como autoridad competente ya que el estado de alarma sólo afecta a zonas de la Comunidad de Madrid.
Como el gobierno autonómico se ha mostrado en contra de decretar el estado de alarma, será el Gobierno quien asuma esa autoridad a través del Ministerio de Sanidad y, tal vez, otros ministros.
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